Sin posibilidad de escape. El Poder Judicial (PJ) dispuso extender la prisión preventiva en contra del desaforado ex congresistaFreddy Díaz Monago, quien recae sobre él una acusación sobre violación sexual. El pedido se da dos días después de la audiencia de requerimiento realizado por la Fiscalía de la Nación.
En la resolución del PJ se precisa que la jueza Victoria Teresa Montoya Peraldo resuelve “declarar fundado el requerimiento de prolongación de prisión preventiva presentado por la segunda Fiscalía Suprema en lo penal contra el imputado Freddy Díaz Monago en el proceso que se le sigue por el presunto delito de violación sexual”.
Como se sabe, contra el exlegislador que en su momento fue blindado por el Congreso de la República, se dispuso un periodo de prisión preventiva inicial por 9 meses. Esta primera disposición se dio el pasado 20 de febrero del 2023 y se había programado su salida inicialmente el 19 de noviembre de este mismo año. No obstante, con el desarrollo de las investigaciones, la Corte Suprema de Justicia dispuso que esta medida sea extendida por un periodo de nueve meses más.
De esta manera, la nueva salida del exlegislador Freddy Díaz del penal de Lurigancho, está dispuesta para el 19 de agosto del 2024; nueve meses después de cumplido el periodo inicial de prisión preventiva. Para que el Juzgado, a cargo de la magistrada Victoria Teresa Montoya, determinara la extensión de este periodo de prisión preventiva, se tomó en cuenta no solo el arraigo familiar del exlegislador, sino los cuestionamientos iniciales que se dieron sobre su arraigo laboral.
De acuerdo a información difundida por Infobae Perú, el ex legislador habría incurrido en el delito de violación sexual en estado de inconsciencia, así como el de violación sexual agravada. Según lo detallado por la jueza Montoya, en reemplazo del magistrado Juan Carlos Checkley, en la resolución final la defensa de Díaz Monago no logró aportar elementos probatorios que debiliten las acusaciones en su contra.
“La defensa no aportó otros elementos de convicción idóneos que debiliten el nivel de sospecha fuerte que los elementos de convicción sustentaron la prisión preventiva originaria; es decir, no se advierte medio idóneo para contradecir la hipótesis de cargo. En ese sentido, la prognosis de pena del delito incoado no fue desvirtuada, se mantiene”, dicta el documento.
Asimismo, el juzgado determinó la existencia de una “conducta obstruccionista del investigado al ocultar evidencia”, ello al señalarse que Díaz “habría solicitado a la testigo de la víctima retirar la denuncia”. La jueza Montoya detalla también que esta investigación, que inicialmente debía de ser tomada como una pesquisa de carácter simple, se ha tornado compleja, “al contar con la cantidad y complejidad de información que sostiene la Fiscalía”.