Opinión

La lucha legal e informativa del periodista William Soberón

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Por Rafael Romero

William Soberón Guevara, conductor del programa “La Verdad Os hará Libres”, que se transmite por HHTV, ha hecho frente a seis querellas y respecto a una de ellas acaba de dar a conocer desde sus redes sociales que la libertad de prensa continúa en la buena batalla, habiéndose caído la pretensión de su sempiterno querellante, Carlos Perea Pasquel, según un auto judicial del último 26 de noviembre.

Efectivamente, el Décimo Segundo Juzgado Penal Liquidador de Lima, de la Corte Superior de Justicia, en el Exp. N° 06093-2021-0-1801-JR-PE-43, que despacha la jueza Azalia Viviana Nieto Correa, declaró improcedente la solicitud del agraviado Carlos Perea de revocatoria de pena impuesta al sentenciado William Soberón Guevara, como autor del delito contra el Honor – Difamación Agravada.

Ahora bien, existiendo una reserva del fallo condenatorio por un año impuesto a William Soberón, y cuando posterior a ello, mediante escrito de fecha 16 de septiembre del 2024, el agraviado Carlos Perea Pasquel solicitó revocar la suspensión de la pena por otra efectiva contra el periodista Soberón, se advirtió que dicho escrito se amparó en el artículo 59° del Código Penal, el cual regula los “Efectos del incumplimiento” de la suspensión de ejecución de la pena.

Pero, conforme aprecia el expediente la magistrada Azalia Viviana Nieto Correa, en el presente caso ya se había impuso la Reserva del Fallo Condenatorio. Por ende, solo es aplicable lo establecido en el artículo 65° del Código Penal, en el caso que el agente incumpliera las reglas de conducta impuestas por razones atribuibles a su responsabilidad, y así recién la judicatura podría hacerle una severa de advertencia; prorrogar el régimen de prueba sin exceder la mitad del plazo inicialmente fijado o revocar el régimen de prueba.

Sin embargo, se advierte en este caso que la sentencia fue expedida con fecha 15 de junio de 2022, la cual estableció la imposición de la reserva de fallo por el período de un año, lo que significa que el plazo de prueba venció el 15 de junio del 2023, debiendo precisarse también que, el agraviado postuló erróneamente su primer pedido en fecha 16 de septiembre del 2024, esto es habiendo vencido en exceso el período antes mencionado, y por tanto sobrepasó en exceso el plazo establecido en la sentencia in comento.

Además, mediante la resolución de fecha 13 de abril de 2023 se declaró consentida respecto al extremo de William Soberón Guevara. En ese sentido, solo se podía declarar improcedente la solicitud del agraviado Carlos Perea de revocatoria de pena impuesta al sentenciado Soberón Guevara, como autor del delito contra el Honor – Difamación Agravada.

Felicitamos al colega periodista por esta decisión judicial del Décimo Segundo Juzgado Penal Liquidador de Lima y nos comprometemos en artículo posterior a informar acerca del porqué de la querella contra el periodista Soberón, convencido de que esta historia de combate de William Soberón sobrecogerá al lector.

En este y otros casos relacionados con el ejercicio periodístico del valiente y confrontacional William Soberón, quien patrocina y defiende con denuedo la libertad de prensa es el destacado abogado del pueblo, Eduardo Ángel Benavides Parra.

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