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Keiko Fujimori seguirá en libertad tras anunciar su divorcio

Corte Suprema declara infundada solicitud de prisión contra Keiko Fujimori

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China de risa. Ni los miles de documentos que la implican de haber recibido aportes para sus campañas presidenciales de los años 2011 y 2016 pueden conseguir que la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, regrese a prisión, luego de que el Poder Judicial anunciara esta mañana que no se restablecerá la medida de prisión preventiva contra la hija de Alberto Fujimori; la Fiscalía, encabezada por el fiscal José Domingo Pérez, solicitaba 15 meses de reclusión.

Desde la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema se dio lectura de la resolución sobre la casación presentada por el Ministerio Público para dejar sin efecto la anulación de la prisión preventiva de Keiko Fujimori, la resolución salió a favor de la lideresa de Fuerza Popular.

De acuerdo con la Fiscalía, la defensa de Keiko Fujimori presentó fuera de plazo el recurso de apelación contra los 15 meses de prisión preventiva impuesta a su defensa. Por tanto, subrayó no debió de ser admitido.

El equipo especial precisó en su recurso que el plazo de tres días para impugnar el mandato de prisión preventiva vencía el 31 de enero del año 2020, sin embargo, la apelación contra dicha resolución recién fue propuesta el 3 de febrero.

Al respecto, la Procuradora para casos de Lavado de Activos, María Camus Dávila, respaldó la posición del Ministerio Público y sostuvo que la defensa legal de Keiko Fujimori no presentó su apelación a tiempo por lo que debe deshacerse el trámite de este recurso.

No obstante, Giuliana Loza, abogada de la excandidata presidencial, pidió a la sala suprema que rechace el recurso de casación del Ministerio Público al sostener que la apelación contra la prisión preventiva que se impuso a su defendida fue presentada dentro del plazo de ley, demandando a su vez a este colegiado que establezca jurisprudencia nacional respecto a este asunto.

Para la Corte Suprema, la resolución de prisión preventiva fue dictada oralmente en audiencia y apelada en ese acto por la defensa de Keiko Fujimori; sin embargo, en ese momento no se le entregó ninguno de los documentos de notificación de lo resuelto.

Precisó, además, que el plazo de tres días para presentar la apelación debe ser contado a partir de la recepción de los documentos.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema está integrado por María del Carmen Altabás (directora de debates), Iván Sequeiros, Erazmo Coaguila Chávez, Norma Beatriz Carbajal y Hugo Núñez Julca.

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