La limpian de polvo y paja. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro decidió archivar la denuncia por presunta infracción contra la congresista y ex presidenta del Poder Legislativo, Lady Camones, por supuestamente haber favorecido la campaña electoral del fundado de Alianza para el Progreso (APP), César Acuña.
La resolución publicada ayer jueves detalla que, para la autoridad electoral, no se probó “fehacientemente” que Lady Camones vulneró la Ley Orgánica de Elecciones, por lo que no hay mérito para determinar algún tipo de infracción cometida por un funcionario público en materia de neutralidad.
Específicamente, señalan que el audio difundido por el portal Epicentro no es prueba suficiente y que el proyecto de ley para crear el distrito de Alto Trujillo ha seguido su curso regular, como se puede ver en la página web del Congreso.
El JEE Lima Centro se dispuso a determinar si es que los audios difundidos por Epicentro TV la semana pasada prueban una falta contra el artículo 346 de la ley electoral, donde se señala que entre las prohibiciones a funcionarios públicos está el “practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato”.
En el proceso, Lady Camones dijo como descargo que asistió a la reunión donde se registró el audio de manera privada sin recursos públicos como militante de Alianza Para el Progreso y que no hizo ningún acto de propaganda.
“La presunta infracción no se condice con la realidad de los hechos, puesto que la suscrita en ningún momento ha ofrecido ayuda al candidato César Acuña”, aseguró la congresista.
Ante esto y tras analizar los audios, el JEE evaluó que el proyecto de ley para crear el distrito Alto Trujillo, sobre el cual César Acuña exigió a los congresistas que sea tramitado por iniciativa de APP para favorecer su campaña en La Libertad, ha seguido su cauce normal. Esto, a pesar del contenido de las conversaciones.
“[…] la frase ‘Lo del Alto Trujillo creo que sí es un tema popular, el Ejecutivo dice que lo atendamos rápido y ya está, ni siquiera es de nosotros’, ello no es prueba suficiente que determine la ejecución de actos para beneficiar al candidato”, decidió el JEE Lima Centro.