Política

Interponen denuncia constitucional contra Fiscal de la Nación Zoraida Ávalos

Zoraida Ávalos habría cometido delitos penales y además procede su inhabilitación por el plazo de 10 años.

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La congresista María Teresa Cabrera Vega interpuso denuncia constitucional contra la Fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera por infracción constitucional y por delitos que habría cometido en ejercicio de su función:

En cuanto a los fundamentos de hecho, la congresista basa su denuncia en los audios que fueron difundidos públicamente en septiembre de 2020:

 “Sobre conversaciones grabadas en las que, entre otras afirmaciones, la exasistenta del Despacho Presidencial Karem Roca Luque, narra que Mirian Morales y Martín Vizcarra (expresidente de la República vacado), se reunieron con la denunciada Fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera el pasado 9 de julio del año pasado, tras una sesión del Consejo de Estado, para conversar sobre denuncias contra los congresistas Edgar Alarcón y Omar Chehade.

Ante dicha situación, la ahora Fiscal de la Nación denunciada, anunció públicamente que “Si Karem Roca no se rectifica la voy a querellar” habiéndole remitido una carta notarial de fecha 17 de septiembre del 2020, para que se rectifique, infiriéndose de dicha situación, un afán de callar a una testigo en potencia, perjudicando la investigación seguida contra el expresidente aludido. Ese no es el nivel de respuesta de un Funcionario Público que debe actuar en todo momento de manera neutral y con transparencia, quien debió someterse a todas las investigaciones y dar las facilidades para el esclarecimiento de los hechos y no perjudicar las investigaciones y dar las facilidades para el esclarecimiento de los hechos y no perjudicar las investigaciones contra el expresidente Vizcarra, a quien habría favorecido con dicho accionar, no se puede soslayar que la situación de poder que ostenta la Fiscal de la Nación denunciada, quien conmina y otorga termino a la testigo para que se rectifique, emergiendo elementos de juicio idóneo que acreditarían la comisión 4 los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD tipificado en el artículo 376º del Código Penal”. “Igualmente, habría incurrido en el delito de COACCION circunscrito en el artículo 151º del Código Penal, porque al señalar públicamente ante diferentes medios, que, si la testigo Karem Roca no se rectifica, la iba a querellar; imputación que se materializa con la carta notarial que le remitió. E igualmente, delito de ENCUBRIMIENTO REAL tipificado en el artículo 405º del Código Penal, ya que al solicitar a Karem Roca que se rectifique de sus afirmaciones contenida en los audios difundidos, ha dificultado la acción de la justicia, porque tal circunstancia implica la desaparición (cuestionamiento) de la prueba del delito investigado, porque con ello no solo se beneficia ella, (Zoraida Ávalos) sino el expresidente Vizcarra”.

Asimismo, sobre el hecho de que Zoraida Avalos y Martín Vizcarra se conocen desde hace muchos años, ella cuando acudió a la Comisión de Justicia del Congreso, afirmó que no era la que aparecía en la fotografía del grupo con Vizcarra y que además ordenó realizar una pericia para demostrar que no se trata de su persona; en ese sentido remitió a la Comisión congresal un informe pericial de antropología física-forense de identificación facial y/o Somatológica realizada por la Oficina de Peritajes que pertenece al Ministerio Público-Fiscalía de la Nación; sin embargo, la denunciada Avalos Rivera, aprovechando su condición de Fiscal de la Nación, ordenó que una oficina subalterna realice una pericia favorable a sus intereses, incurriendo así en el delito de PECULADO DE USO (artículo 388º del Código Penal) porque en su condición de funcionaria pública del más alto nivel en el Ministerio Público, para fines ajenos al servicio institucional, usó dicha oficina con sus respectivos peritos que pertenecen a la administración pública y que está a su cargo.

Cabe señalar que, si quería deslindar una situación, tenía que hacerlo de manera particular y no usar instrumentos y profesionales que dependen del Ministerio Público.

Asimismo, Zoraida Ávalos admitió que designó a Carla Estefanía Bourdieu Zavala, hija de su amiga María Zavala Valladares (actual miembro de la Junta Nacional de Justicia) como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Piura, a pesar de vivir en Lima; ya que es madrina de su hermana menor; es decir, Zoraida Ávalos es comadre de la doctora María Zavala Valladares, existiendo evidentemente un grave conflicto de interés.

Con respecto a este caso, la congresista Cabrera Vega le solicitó a Ávalos Rivera que le remita copias del proceso de selección y/o nombramiento de su “recomendada” como Fiscal Superior Penal de Piura; sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido ha hecho caso omiso, no pudiéndose eludir que la denunciada Ávalos Rivera era parte de la Comisión que designó a los miembros de la Junta Nacional de Justicia, en la que resultó elegida su amiga y comadre María Zavala. Incluso, existe una denuncia en contra de Ávalos Rivera ante la JNJ por designar como fiscal a la hija de su comadre, y dado el parentesco espiritual, no se descarta la supuesta comisión delito de TRAFICO DE INFLUENCIAS (artículo 400º del Código Penal).               Finalmente, en el petitorio del documento, la congresista y abogada María Teresa Cabrera, solicita al presidente de la Subcomisión de Acusaciones del Congreso, que admita la denuncia y que la tramite con la debida celeridad, tomando en cuenta que los hechos denunciados son de interés nacional porque constituyen infracción de la Constitución, además de los presuntos delitos de función que están previstos en la legislación penal y que además no han prescrito, por tanto, procede además, la inhabilitación de la denunciada Zoraida Ávalos Rivera por el plazo de 10 años.  

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