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Indecopi multa a Entel y Telefónica por enviar mensajes sin consentimiento a sus clientes

Sanción equivale a 79, 258 soles (17,23 UIT).

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No dejan de enviar mensajes días y noche ofreciéndote nuevos planes o el cambio de un nuevo celular. Sus malas prácticas comerciales ya son bien conocidos y sin embargo persisten. Ante ese atropello al consumidor el Instituto de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) multó a la empresa Telefónica con S/79.258, por reincidir en el uso indebido de los datos personales de un consumidor y llamarlo de manera agresiva y reiterativa a su número celular para promocionar sus servicios sin su consentimiento. La empresa usó un sistema de llamadas automáticas que se repetían a toda hora del día, incluso hasta de madrugada.

De igual modo, la Comisión multó con el mismo monto a Entel, en atención a otro usuario, quien denunció que la empresa le envío constantes mensajes de texto promocionales sin contar con su autorización, a pesar de que solicitó se abstengan de continuar con esta conducta.

Ambas empresas infringieron el Código de Protección y Defensa del Consumidor, el que establece que están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que; mediante servicios de centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto o de mensajes electrónicos masivos; promueven sus productos y servicios haciendo uso de los números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no han brindado su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco, para ello.

Las multas serán pagadas al ente regulador, a los usuarios solo les devolverán 36 soles los cuales pagaron para las tasas de la denuncia interpuesta. Sin embargo, las empresas deben asegurar de forma documentada que retirarán los números de los denunciantes de sus sistemas o listas de consumidores.

Por su parte, el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), Crisólogo Cáceres, se manifestó a favor de las acciones tomadas por la entidad en este caso; sin embargo, señaló que “la multa debió ser más drástica. El Indecopi está facultado para multar hasta con 450 UIT si la infracción es considerada muy grave”. Agregó que si la entidad no aplica multas más altas, las empresas no dejarán de cometer estas infracciones con otros ciudadanos.

Son reincidentes

En el 2020, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi sancionó a Telefónica con 1 UIT por haber empleado métodos comerciales agresivos, al enviar mensajes de texto para promover sus productos y servicios sin consentimiento. Ese mismo año, la Comisión de Protección al Consumidor N°3 también sancionó a la empresa con 40 UIT por el mismo motivo.

De igual modo, en el 2020, la Comisión de Protección al Consumidor N°2 sancionó a Entel con una amonestación por realizar llamadas telefónicas al número de celular de un consumidor para ofrecerle diversos productos y servicios sin su consentimiento, decisión que fue confirmada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor de la institución.

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