Increíble: Estado peruano tendrá que devolverle a Telefónica S/371 millones que empresa pagó luego de más de 20 años de controversia fiscal
Sunat había conseguido cobrar, mediante cartas fianzas, millonaria deuda en junio de este año, sin embargo, ahora todo lo conseguido se borra tras fallo judicial.
Una deuda que nunca termina de pagarse. La Sétima Sala Contencioso Administrativa de Lima del Poder Judicial (PJ), conformada por los magistrados Méndez Suyón, Villanueva Rivera y Montoya Muñoz, ha resuelto la devolución de tres cartas fianzas por más de S/371 millones presentadas por Telefónica para suspender la cobranza de la deuda tributaria, según la empresa de telefonía, por Impuesto a la Renta correspondiente al año 1998.
Las cartas fianzas tenían el objetivo de garantizar el pago de cualquier deuda determinada en dicho proceso.
No obstante, en junio de 2024, un juez de primera instancia emitió una resolución (Resolución N.º 72) que determinaba que las cartas fianzas no debían ser devueltas. Según el fallo, estas garantías debían asegurar no solo la deuda del año 1998, sino también una deuda tributaria del ejercicio fiscal del año 2000, que formaba parte de otro proceso judicial.
Telefónica presentó una apelación a dicha resolución, argumentando que el juez de primera instancia había extendido incorrectamente los alcances de la medida cautelar. La empresa sostuvo que las cartas fianzas solo estaban vinculadas al caso del año 1998 y que la deuda del año 2000 no formaba parte de ese proceso.
La citada sala, al revisar el caso a profundidad, determinó que no existía deuda pendiente relacionada con el IR del año 1998, tal como se había establecido en resoluciones previas, incluidas las Casaciones N.º 17677-2015, y N.º 26311-2019. Sobre la base de esto, la Corte concluyó que las cartas fianzas no debían mantenerse para garantizar una deuda del año 2000, ya que dicha obligación era ajena al proceso en cuestión.
Así, señaló que la deuda del año 2000 se encuentra en otro expediente (N° 1529-2011) y tiene sus propias garantías, por lo que no corresponde vincularla a las cartas fianzas del año 1998.
Es así que, en el caso del ejercicio fiscal de 1998, el PJ determinó que no existía deuda, sino un saldo a favor de Telefónica. A pesar de esta resolución, dice la compañía, “Sunat ejecutó indebidamente las cartas fianzas relacionadas con ese ejercicio, lo que la llevó a acudir a la Corte Superior”.
La resolución de la Corte Superior, basada en un informe de la propia Sunat que confirmaba la inexistencia de deuda para 1998, ordenó la devolución de las cartas fianzas ejecutadas. Telefónica indicó que la administración tributaria, a pesar de conocer esta situación, insistió en la ejecución de las garantías.