Política

Guillermo Bermejo y Guido Bellido no integrarán comisiones de Defensa e Inteligencia en el próximo Congreso

Ayer se publicó la norma que impide integrarlas a quienes son investigados, procesados o sentenciados por narcotráfico, apología del delito y terrorismo. Este viernes continúa juicio contra Guillermo Bermejo por presunto terrorismo.

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Dos congresistas electos del próximo periodo 2021-2026, Guillermo Bermejo Rojas y Guido Bellido Ugarte están prohibidos de integrar las comisiones de Inteligencia; y de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, por estar involucrados a través de sus investigaciones por casos de terrorismo y apología al mismo delito.

Los dos virtuales parlamentarios pertenecen al partido Perú Libre (PL), y se les aplicará la Resolución Legislativa N° 022-2020-2021-CR, publicada ayer en el diario El Peruano, que prohíbe a los congresistas con sentencia condenatoria o que estén siendo investigados por narcotráfico, apología del delito, terrorismo y pertenencia a una organización criminal, integrar esas dos comisiones.

Resolución Legislativa N° 022-2020-2021-CR

“Respecto a la conformación de la Comisión de Inteligencia o de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, no puede ser miembro titular o accesitario el congresista que esté siendo investigado, procesado o que tenga sentencia condenatoria por alguno de los delitos previstos en los artículos 296, 297, 298, 299, 300, 301, 302, 316 y 317 del Código Penal, así como en el Decreto Ley 25475 o en la Ley 30077”, señala la norma.

“Si alguno de los integrantes de estas comisiones, en forma posterior a su conformación, resulta ser investigado o procesado por alguno de los delitos referidos, inmediatamente deja de ser miembro de la comisión y su grupo parlamentario procede a elegir a su reemplazo”, señala el texto de la Resolución Legislativa N° 022-2020-2021-CR, que modifica el artículo 20 del Reglamento del Congreso.

Asimismo, otros delitos comprendidos en la norma son apología, asociación ilícita, microcomercialización de drogas, consumo, inducción al consumo, cultivo y resiembra de amapola o marihuana.

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