Política

Gobierno publica norma que empodera a los sindicatos

Ahora no se podrá reemplazar a ningún trabajador en huelga por otro que acuda a laborar.

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Favor con favor se paga, o esa sería al menos la finalidad del profesor sindicalista que llegó a ser presidente. Una medida para congraciarse con un sector que durante mucho tiempo estuvo a su lado, pero que en contraparte viene siendo una cachetada al empresariado de nuestro país. Encontrar el punto medio siempre ha sido una tarea titánica para los abogados laboralistas y ahora la balanza se encuentra a favor del lado sindical.

El Gobierno del presidente Pedro Castillo publicó ayer el Decreto Supremo N° 014-2022-TR, cuyo reglamento modifica las relaciones sindicales, negociaciones colectivas y huelgas. La norma entra en vigencia a partir de hoy y cuenta con la firma del presidente quien anunció días atrás que iban a existir sorpresas antes de brindar su mensaje a la Nación este jueves 28 ante el Congreso de la República, y del ministro de Trabajo, Juan Lira Loayza.

El abogado laboralista, Oswaldo Caballero, en entrevista para Infobae, mencionó que esta ley viene empoderando a los sindicatos en desmedro de las empresas.

“Un primer punto que me ha llamado la atención es el tema del arbitraje potestativo que era como una suerte de vía para solucionar los conflictos entre las empresas y los sindicatos. Con esta nueva norma, ahora ellos tienen la potestad recurrir a esta vía, lo cual contraviene algunas sentencias del Tribunal Constitucional, principalmente, en el tema portuario”, apuntó.

Caballero enfatizó, además, que la norma alienta a los trabajadores independientes a unirse a un sindicato y esto traería como consecuencia la creación de más grupos. Añadió que otro efecto de la norma del Gobierno es que se incentiva la negociación por rama empresarial cuando el Perú tiene una actividad económica totalmente diversificada. “Pareciera que esto va para pequeños grupos de trabajadores. Es mínima, actualmente, la negociación por rama. Cada trabajo se ha dedicado a negociar por sus propios medios”,aseguró.

El experto en temas laborales sostuvo que provocaría una mayor informalidad en el mercado laboral. “Los servicios no personales, imagínate, podrían organizarse sin ningún tipo de control”, reveló. Acotó que los empresarios también reducirían la contratación de personal para evitar problemas con la nueva norma.

La huelga continúa. Presidente Castillo junto al prófugo Bruno Pacheco durante una marcha sindical. Foto: revista Ganamás.

Mayores herramientas para el sector sindicalista

-Los trabajadores independientes puedan formas sindicatos, así como negociar y plantear una huelga.

-Los trabajadores pueden afiliarse directamente a federaciones o confederaciones si lo permiten los estatutos.

Las redes de subcontratación como tercerización e intermediación; así como los trabajadores que presten servicio para un mismo empleador en uno o más centros de trabajo, unidades, áreas o categorías, podrán formar un sindicato.

-Los sindicatos podrán promover un arbitraje en caso no haya acuerdo con las empresas.

-El sindicato ahora podrá determinar cuándo se ejerce los días de licencia sindical.

Ya no necesariamente se debe tener la autorización del Ministerio de Trabajo para aprobar una huelga. Si no se emite resolución en tres días, hay silencio positivo y se permite.

-Ya no será necesario acreditar que existe una negociación colectiva.

-Una empresa no puede permitir que el personal acuda a laborar en huelga. No es posible reemplazar a ningún trabajador en huelga con personal que acuda a trabajar.

Fuente: Normas Legales.

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