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Gobierno propone que arrendadores que tengan como único ingreso el alquiler de inmuebles hasta S/2,566 no paguen IR

Medida viene incluida dentro de reforma tributaria solicitada por el MEF.

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Un cambio necesario pero que solo falta que sea permitido por el Parlamento. Muchas personas tienen como ocupación el alquiler de bienes muebles o inmuebles pero no todos tienen los mismos ingresos. Muchos de ellos solamente arriendan un bien, y otros lo hacen de manera masiva. A final de cuentas todos, por igual, pagan la misma cantidad del impuesto a la renta.

En un comunicado, el MEF dijo que en la actualidad el Impuesto a la Renta (IR) de primera categoría que grava a los alquileres funciona con una tasa fija que se paga por cada transacción, y que es igual tanto para quienes tienen el ingreso por alquiler de una propiedad como único medio de subsistencia, como para quienes tienen grandes ingresos por el alquiler de inmuebles y otras fuentes de renta.

Uno de los principios de la política tributaria del país es la progresividad, la cual hace referencia a que la carga tributaria sea según la capacidad contributiva de cada persona. En el Perú la tributación de las rentas del trabajo es progresiva, ya que tributan con tasas que se van incrementado según aumentan los ingresos de los contribuyentes.

En ese sentido, el MEF sostuvo que una medida propuesta es que a las rentas de primera categoría (arrendamiento de bienes muebles e inmuebles) se aplique la escala progresiva acumulativa que se aplica a la sumatoria de las rentas de cuarta categoría (trabajo independiente), rentas de quinta categoría (trabajo dependiente) y las rentas de fuente extranjera.

Medida beneficiaría a los que perciban menos ingresos por alquiler. Foto: RPP.

De esta manera, a las rentas por arrendamiento también se les aplicaría la deducción anual de 7 UIT (S/ 30,800), con porcentajes de pago mayores a quienes perciben altos ingresos.

Esto permitirá que el impuesto a los alquileres sea progresivo y más justo, ya que solo pagarían las personas que sobrepasen determinado umbral”, precisó el MEF.

En el caso de las personas que solo tienen como ingresos mensuales el alquiler de un inmueble menores a S/ 2,566, esta no otorgaría impuesto, con lo cual se eliminaría su pago actual de 5% del alquiler que le representa hasta S/ 128 mensuales.

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