Gobierno oficializa la salida de Waldo Mendoza del Consejo Fiscal del MEF
La indolencia del economista ayacuchano cuando fue ministro de Economía durante la encargatura de Francisco Sagasti no tuvo limites, porque rechazó y observó las leyes de ONP y FONAVI. Asimismo, favoreció a los bancos y a las AFP, enviando al TC todas las autógrafas aprobadas por el Congreso, mientras miles de ancianos realizaban huelga de hambre en las calles.
El Gobierno de Dina Boluarte oficializó la renuncia del economista Waldo Mendoza Bellido como miembro del Consejo Fiscal. Mediante la Resolución Suprema Nº 030-2024-EF, firmada por la mandataria Dina Boluarte y el titular del Ministerio de Economía, José Arista, dejando sin efecto su designación en el cargo.
«Se resuelve: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Waldo Epifanio Mendoza Bellido como miembro del Consejo Fiscal, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas», se puede leer en el documento.
Waldo Mendoza, un acérrimo enemigo de los aportantes al Fonavi, ONP y AFP
Como se recuerda, el economista ayacuchano Waldo Mendoza, desde que fue designado ministro de Economía durante la encargatura de Francisco Sagasti, se empecinó en declarar que el MEF estaba quebrado y se resistió a promulgar diversas leyes que previamente fueron aprobadas por el Congreso para cumplir con la devolución de aportes de la ONP, FONAVI y retiros anticipados de las AFP. Mientras miles de ancianos hacían huelga de hambre en las calles para clamar por sus aportes, el exministro Mendoza de manera indolente decía que no había plata. Además, fue tan despiadado, que través del encargado de Palacio Francisco Sagasti, recurrió al Tribunal Constitucional para dejar sin efecto las leyes aprobadas por el Parlamento que les lanzaba un salvavidas a las economías familiares de miles de extrabajadores peruanos.
Waldo Mendoza fue denunciado por el Congreso por negarse a promulgar ley de ONP
Por esa razón, el propio Congreso de la República lo denunció por infracción constitucional de los artículos 109°, 123° y 38° de la Constitución Peruana. Además, por la probable comisión de los delitos de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales y resistencia o desobediencia a la autoridad, tipificados en los artículos 377° y 368° del Código Penal, respectivamente. A Mendoza se le imputó la falta de implementación de la Ley 31083, que establecía un régimen especial facultativo de devolución de los aportes para los aportantes activos e inactivos bajo el Decreto Ley 19990 administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).