Puso el grito al cielo. El 21 de enero, por unanimidad, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó el predictamen del proyecto de ley 012/2021-CR y 565/2021-CR, mediante el cual se modifica el Código Procesal Penal respecto a la colaboración eficaz. Sin embargo, este último domingo,la fiscal de la Nación, Zoraida Avalos, expresó su rechazo a esta iniciativa al considerar que atenta contra la lucha anticorrupción y del crimen organizado.
A través de la cuenta de Twitter del Ministerio Público, señalaron que su máxima autoridad indicó que la Fiscalía de la Nación, “en su momento, opinó técnicamente en contra de la iniciativa, pero que su posición no fue escuchada, así como tampoco se escuchó la opinión del Poder Judicial y del Ministerio de Justicia”.
Además, sostuvieron que “la colaboración eficaz es una herramienta fundamental para investigar el crimen organizado y los delitos graves, porque permite destruirlo desde dentro con medidas disuasivas o de recompensas. De aprobarse su modificación, favorecería la impunidad”.
De acuerdo al Ministerio Público, la colaboración eficaz es un proceso especial autónomo, no contradictorio, basado en el principio del consenso entre las partes y la justicia penal negociada, que tiene por finalidad perseguir eficazmente la delincuencia.
En tanto, el colaborador eficaz “es la persona sometida o no a una investigación o proceso penal, o que ha sido condenada, que se ha disociado de la actividad criminal y se presenta ante el fiscal o acepta la propuesta de este para proporcionar información útil, procurando obtener beneficios premiales”.
Para la comisión de Fiscalización, el predictamen aprobado modifica el Código Procesal Penal “con el objetivo de fortalecer el proceso especial de la colaboración eficaz”.
El día que se aprobó el predictamen, la presidenta de ese grupo de trabajo, Gladys Echaíz (APP), manifestó que los cambios están referidos a la presencia obligatoria del abogado del aspirante a colaborador eficaz en todas las entrevistas que pudieran producirse con el representante del Ministerio Público.
Además, la norma considera que el aspirante a colaborador eficaz está obligado a proporcionar “toda la información que posee y los medios que permitan la corroboración de la información desde un inicio. De lo contrario, el aspirante a colaborador eficaz pone en peligro la obtención de beneficios legales”.
“Al parecer se vendría proporcionando información a cuenta gotas y los procesos seguirían y nunca acabarían, porque cada vez aparece una nueva información, mientras que la ley dice que debe proporcionarse, al momento de solicitar el beneficio correspondiente, toda la información que conozca y de todo aquel que está involucrado en la materia de la investigación”, manifestó entonces Echaíz.