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Entidades bancarias ya no podrán cobrar comisiones por retirar dinero de cajeros en provincias

SBS publicó proyecto para que los bancos no cobren comisiones o cargos a sus clientes.

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Una buena noticia para todos. Recientemente, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), publicó un proyecto que busca limitar las comisiones o cargos que realizan las entidades financieras a sus clientes.

Para realizar estos cargos, los bancos deben sustentar los cobros basándose en servicios efectivamente prestados o que implique un costo adicional.

Entre estos cargos que dejarían de hacerse están el cobro por retirar dinero de un cajero que se encuentra en una provincia distinta a la ciudad en la que se abrió la cuenta.

Esta nueva medida alcanzará a los retiros que se realicen en cajeros ubicados en una provincia diferente a la que se abrió la cuenta en cuestión.

En entrevista para el diario Gestión, el docente de ESAN, Edmundo Lizarzaburu consideró que la aplicación de este proyecto disminuirá el costo de transacción, así como otros cobros que directamente beneficiarán a los clientes.

No obstante, el especialista remarcó que las entidades financieras no se quedarán de brazos cruzados y buscarán formas de mantener esos ingresos, ya que son empresas privadas.

Tanto el BBVA como el BCP ya dejaron de cobrar comisiones por retiros en otras ciudades del país. Imagen: Facebook.

Otras restricciones

En el proyecto de la SBS también se restringen cobros por evaluación, administración o gestión de póliza, así como la asesoría financiera. Cabe indicar que el seguro de desgravamen tampoco estará avalado siempre que esté condicionado para contratar un producto crediticio.

Serán consideradas como cláusulas abusivas aquellas que permitan al banco cobrar o variar tasas de interés compensatorio, tasas de interés moratorio, comisiones y/o gastos que no cumplan con los criterios establecidos por el Banco Central de Reserva (BCR).

Tampoco se podrán exigir pagos vinculados a asesoría financiera por la comercialización de un producto o servicio bancario, ni por la evaluación, administración y gestión de póliza de seguros.

Asimismo, se indica que una vez que el cliente cancele el crédito, la institución financiera deberá entregarle un documento que acredite la cancelación en un plazo no mayor a siete días hábiles.

La nueva medida propuesta regirá para préstamos personales, vehiculares, hipotecarios y tarjetas, y también ahorros.

Este proyecto todavía está en etapa de recepción de comentarios que continuará hasta el 12 de noviembre, después de lo cual podrá ser publicado.

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