Opinión

En defensa de la minería ancestral: respuesta a Natale Amprimo, que de minería sabe, lo que yo de física cuántica

Natale Amprimo critica la propuesta de reconocer la minería ancestral o tradicional como una categoría dentro de la explotación minera en Perú. Este señorito plantea preocupaciones de sus financistas sobre la formalización y la sostenibilidad de la actividad minera, su enfoque parece ignorar aspectos culturales, históricos y sociales que son fundamentales para comprender la importancia de esta práctica en las comunidades indígenas y locales. A continuación, se cuestionan y critican algunos de los argumentos presentados en el artículo, defendiendo la minería ancestral como una actividad que merece respeto y consideración.

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Por: Jorge Paredes Terry

El defensor oficioso de Dina Boluarte, afirma que la creación de una categoría para la minería ancestral es «absolutamente ajena» a la legislación peruana y que no está prevista en el marco jurídico actual. Sin embargo, esta postura ignora que la minería ancestral es una práctica que precede a la colonización y que ha sido parte integral de la cultura y la economía de los pueblos indígenas durante siglos. No reconocer esta actividad como parte del patrimonio cultural del país es una omisión grave que desconoce la contribución histórica de estas comunidades al desarrollo nacional.

El señor en mención es constitucionalista y se supone que conoce la Carta Magna, por ello preocupa que no sepa que la Constitución peruana, en su artículo 2, reconoce el derecho de las comunidades indígenas a su identidad cultural, así como a sus prácticas tradicionales. Por lo tanto, es incongruente argumentar que la minería ancestral no tiene cabida en el marco jurídico actual cuando la propia Constitución ampara la protección de las tradiciones culturales.

Amprimo sostiene que la propuesta de minería ancestral podría perpetuar la informalidad y encubrir actividades ilegales. Si bien es cierto que la formalización es un objetivo importante para garantizar la sostenibilidad y el cumplimiento de normativas ambientales, el autor no propone soluciones concretas para integrar a los mineros ancestrales al sistema formal sin que pierdan su identidad cultural.

En lugar de descartar la categoría de minería ancestral, debería buscarse un enfoque que combine el respeto por las tradiciones con la implementación de estándares ambientales y de seguridad. Esto podría lograrse mediante programas de capacitación y apoyo técnico dirigidos específicamente a estas comunidades y poblaciones con prácticas de minería ancestral, en lugar de exigirles que se adapten a un sistema que no fue diseñado para ellas.

El artículo menciona el riesgo de que la minería ancestral se realice en zonas prohibidas o protegidas, vulnerando normativas ambientales. Sin embargo, esta crítica parte de una generalización injusta. Muchas comunidades ancestrales han desarrollado prácticas mineras sostenibles a lo largo de generaciones, basadas en un profundo conocimiento de su entorno y en un respeto por la naturaleza.

En lugar de asumir que la minería ancestral es inherentemente dañina para el medio ambiente, debería promoverse un diálogo con estas comunidades para identificar y fortalecer aquellas prácticas que son compatibles con la conservación de los recursos naturales. Además, es importante reconocer que la gran minería formal también ha sido responsable de graves daños ambientales en el Perú, lo que relativiza la crítica hacia la minería ancestral.

Además, sin presentar pruebas sugiere que la propuesta de minería ancestral responde a intereses electorales y que genera inseguridad jurídica para los inversionistas formales. Si bien es importante evitar que las políticas públicas se utilicen con fines populistas, esta crítica no debe ser excusa para ignorar las demandas legítimas de las comunidades ancestrales.

La inseguridad jurídica no surge del reconocimiento de la minería ancestral, sino de la falta de un marco legal claro que integre esta actividad de manera justa y sostenible. En lugar de oponerse a la propuesta, el hijo putativo de “plata como cancha” debería abogar por una legislación que garantice los derechos de las comunidades ancestrales sin comprometer los intereses de otros actores del sector minero.

El artículo refleja una visión reduccionista del desarrollo, que prioriza la gran minería y la inversión formal sobre las prácticas tradicionales y culturales. Esta postura no solo es injusta, sino que también es contraria a los principios de diversidad cultural y desarrollo sostenible que deben guiar las políticas públicas en un país multicultural como el Perú.

La minería ancestral no es un obstáculo para el desarrollo, sino una oportunidad para construir un modelo económico más inclusivo y respetuoso con las tradiciones locales. Ignorar esta realidad es perpetuar un sistema que margina a las comunidades indígenas y sus prácticas ancestrales.

Provengo de una tierra de mineros ancestrales, respetuosos de su entorno, quienes contribuyeron al rescate del Inca Atahualpa, apoyaron con quintales de oro y plata las luchas independentistas, vivíamos con dignidad hasta la llegada de forasteros capitalistas salvajes que trajeron desgracia, subdesarrollo y muerte a nuestra Provincia, somos MINEROS ANCESTRALES y esa categoría nadie la va a cambiar!

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