Política

El presidente Martín Vizcarra emitió una norma para ocultar información

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Dada las difíciles circunstancias de la cuarentena nacional la población vive afligida y en incertidumbre; sin embargo, ha surgido en el imaginario colectivo la idea de que, si alguien observa y critica indicios de actos de corrupción, falta de transparencia, conductas irregulares u omisiones de parte del gobierno, entonces sale a la palestra la frase: “No es el momento, estamos en una cuarentena… la gente se está muriendo, y ya habrá momento para ocuparse de eso”.  En ese sentido, entonces ¿Cuándo será el momento? Acaso ¿luego de culminados los faenones y aceitadas y cuando ya todo sea extemporáneo y/o prescrito en honor a la impunidad? No olvidar que ese ha sido el patrón durante los últimos quinquenios.

En principio, hablemos del Decreto Supremo N° 080-2018 que hoy ya no existe más porque ha sido derogado y que se emitió justamente a los pocos meses de la asunción del mandato de Martín Vizcarra, es decir en agosto de 2018. En aquel decreto se señalaba que en virtud del principio de legalidad, los servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a las leyes y por tanto al servicio del ciudadano y la sociedad, en aras de satisfacer el interés general y desechando todo provecho y ventaja personal, por tanto se dispuso la Declaración Jurada de Intereses de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo.

La estructura de la ley constaba de diez artículos que puntualizaban sobre la presentación obligatoria de aquella declaración; sobre la finalidad; sobre quiénes son los funcionarios y servidores públicos obligados a presentarla; sobre el contenido e información de ésta; sobre la presentación; sobre su plazo y periodicidad; sobre su publicación a través de los portales institucionales y de transparencia; sobre su seguimiento e informe; sobre su custodia digital; y finalmente sobre su Refrendo realizado por la PCM.

Luego ¿qué sucedió? Como bien señala la ley, el presidente Martín Vizcarra ni bien asumió su cargo de Presidente del Perú el 23 de marzo de 2018 debió presentar su Declaración Jurada de Intereses.

En aquel momento, si bien el artículo sexto de la norma que se refería al Plazo y periodicidad, que ordenaba que el Presidente debió entregar su Declaración Jurada de Intereses dentro de los quince (15) días hábiles de haber sido designado y/o contratado, el jefe de Estado se zurró en la ley y presentó su Declaración Jurada de Intereses de forma incompleta y peor aún, luego de siete meses de haber asumido su cargo. Además, él omitió, o mejor dicho, no consignó la identidad e información de su yerno (tuvo que hacerlo por ser la pareja de su hija mayor), ni de su cuñado, contraviniendo e inobservando de esa manera la norma. 

Sucede, que en virtud del artículo 11° de la Ley de Contrataciones del Estado se prohíbe ser proveedor del Estado a los parientes en segundo grado de afinidad del presidente Vizcarra. En ese sentido, aquel cercano grado alcanzaría al yerno y al cuñado del Presidente, ergo, dicho instrumento legal funciona para impedir que se incurra en nepotismo.

Pero como el Presidente omitió esos datos importantes en su declaración, significa que, salvo su entorno familiar y amigos cercanos: el resto de las autoridades pertinentes, la prensa y el Perú entero desconocen la identidad del yerno y de los cuñados de Martín Vizcarra. Y eso evidentemente NO ES TRANSPARENCIA.

Ahora bien, el artículo sexto de la ley en mención se refería a la Actualización. Eso significa que durante su ejercicio presidencial el mandatario estaba obligado a presentar su Declaración Jurada de Intereses o en todo caso actualizarla con una periodicidad anual. Pero para evitarse ese menester y/o obligación, nuestro Presidente en compañía de sus ministros de ese entonces, Vicente Zeballos de Justicia, y Salvador del Solar como titular de la PCM: le sacó la vuelta al Decreto N° 080-2018 y lo derogó el 26 de julio de 2019, y en su defecto aprobó el Decreto Supremo N° 138-2019-PCM que le dejó el camino llano para que ya no tenga la necesidad de actualizar su declaración tal como lo ordenaba la ley anterior.

Aquí la literalidad de la nueva ley que señala que la Declaración Jurada de Intereses se presenta: “De actualización: Al momento que tome conocimiento de información nueva y relevante que amerite la actualización de la declaración Jurada de Intereses”.  Eso significa que si el Presidente de acuerdo a su criterio considera que no tiene información nueva y relevante respecto a la que consignó en su Declaración Jurada de Intereses inicial, entonces en lo sucesivo puede decidir que ya no hay nada qué declarar y ahí se cerró el tema hasta que cumpla su cese en el Ejecutivo.

El Presidente Martín Vizcarra se blindó así mismo ante el escrutinio público y elaboró una ley con nombre propio y por eso ya no se vio en la obligación de actualizar su Declaración Jurada de Intereses hasta el día de hoy; de esa forma omitió la identidad y los datos de su yerno, y cuñados. A pesar de este antecedente, él no pierde la oportunidad cuando se trata de opinar sobre su dizque lucha anticorrupción y cuando se ufana de ser transparente.

Si acaso los programas televisivos de análisis políticos, y sus mesas de conducción se amedrentan y no tocan este tema, los peruanos le pedimos al presidente Martín Vizcarra una explicación. Y también le pedimos más coherencia cuando próximamente se refiera a temas de transparencia, porque si realmente pretende obtener credibilidad de parte de sus gobernados, lo primero que tendrá que hacer es dar el ejemplo… y eso desafortunadamente en estos momentos se muestra discutible.   

Bonus track:

Quizá podrá sonar a cantinflada, porque lo que viene a continuación a pesar que se muestra hilarante, en el fondo se torna muy serio y preocupante. Aquí el texto de la lectura de dos pronunciamientos dichos en diferentes fechas por el presidente Martín Vizcarra sobre Richard Swing, pero esta vez están unidos en un mismo párrafo. Ustedes saquen sus propias decisiones:

“Como muchas personas del entorno de la campaña electoral él colaboraba y participaba de ella, y de ahí seguramente esa relación ha permitido que también tenga alguna participación en algún nivel de gobierno…”   “…Porque estoy completamente convencido que el participar en una campaña electoral no te da ningún derecho a tener un cargo público. El cargo público tienes que ganártelo con tu conocimiento con tu experiencia, te lo ganas solo y para eso hay los procedimientos para ingresar al sector público…”.

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