Te invito a conocer aspectos relacionados con la Resolución N° 0176-2023/SDC-INDECOPI, recaída en el Expediente N° 007-2020/CLC, dictada por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, fallo que anula las multas por el llamado “Cartel del Pavo”.
Los vocales que firmaron la resolución de marras son César Augusto Llona Silva, Carlos Hugo Mendiburu Díaz, José Abraham Tavera Colugna y Hernando Montoya Alberti, siendo el presidente de la Sala el primero de los citados: César Augusto Llona Silva.
Sucede que revisando X (antes Twitter), me topé con Norberto Samillán, ciudadano enemigo de injusticias, un indignado contra la dictadura burocrático-criminal que gobierna el Perú, quien señaló que “la mafia de Indecopi protege y se hace de la vista gorda ante los supermercados”, y esto lo dijo a propósito de lo sostenido por Gino Román en otro tuit: “Los supermercados de los grupos financieros Intercorp, Falabella y Cencosud han sido favorecidos en los casos: 1 cartel del pavo por concertar precios ante la Comisión de Libre Competencia; y 2, por vender alimentos con pesticidas ante la Comisión de Protección al Consumidor 3 de Consumo”.
Gino Román, fundador del Centro Equidad, que denuncia casos de corrupción, publicidad engañosa y fraudes de empresas, también acotó en su cuenta de X lo siguiente: “Hace cuatro meses denuncié al gerente general de Indecopi y a la directora por ser parte de una organización criminal que encubre a los Supermercados Wong, Metro (Cencosud), Tottus (Falabella), PlazaVea y Vivanda (Intercorp) y Minka (BCP/BBVA)”, corroborando él mismo estos dichos en el enlace web oficial de INDECOPI (ver https://www.youtube.com/watch?v=R941t_9Dtmg en el minuto 47), donde está el vídeo del 20 de diciembre pasado correspondiente a la “Centésima Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Protección del Consumidor, CNPC”.
Pues bien, bajo esta línea conceptual, Norberto Samillán y Gino Román se indignan ante el denominado “Cartel del Pavo”, y esta noticia está desarrollada consistentemente por Paolo Benza, quien, también desde su cuenta de X, nos ilustró sobre este escándalo.
Así, el pasado 5 de enero, el colega Paolo Benza, exeditor general de Sudaca, exredactor del diario Gestión, exreportero de El Comercio y Semana Económica, nos alertó, públicamente, lo siguiente: “#URGENTE una sala del tribunal de INDECOPI ha anulado las multas por S/ 17 millones que se habían impuesto a Cencosud (Wong y Metro), Tottus, Makro, SPSA (Plazavea, Vivanda) y San Fernando por el llamado CARTEL DEL PAVO.”
Además, con fundamento fáctico y jurídico nos señaló que “LAS EMPRESAS SÍ COORDINARON para que, en las campañas navideñas de 2009 a 2016, los pavos se vendieran POR ENCIMA de un precio determinado. Eso queda CLARO en los correos. ¡Se prohibieron ofertas, promociones o rebajas más allá de una cifra!”.
Benza detalló lo nocivo de esa “coordinación” bajo los siguientes términos: “los consumidores -usted, su mamá, su abuelita- pagaron en total S/8 MILLONES más por pavo que en un escenario de competencia «perfecta» (se lo ganaron las empresas). Entonces, ¿por qué la Sala de Defensa de la Libre Competencia ha anulado la sentencia original?”.
También acotó: “Por un tema de «tipicidad» del delito. La Sala dice que la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) -la primera instancia- sentenció dicha coordinación entre empresas en función a un esquema delictivo que no calzaría para el caso”.
Benza continuó esclareciendo este tema en provecho del consumidor, señalando que “La Comisión había sentenciado que los supermercados se coludieron junto a San Fernando en un esquema conocido como ‘hub & spoke’. ¿En qué consiste este tipo de cartel? En que los distribuidores acuerdan precios y USAN a un productor (proveedor) para coordinar toda la cochinada”.
A renglón seguido, Paolo Benza, precisó que “La Comisión dijo que Wong, Vea, Vivanda (etc) eran ‘spokes’ que usaban a San Fernando como ‘hub’. Lo que tiene que quedar claro es esto: en ese esquema, los distribuidores pactan entre ellos no bajar el precio (horizontal) y usan al productor (vertical) para las coordinaciones”.
Frente al INDECOPI, Benza cuestiona: “¿Por qué los miembros de un cartel ‘hub & spoke’ usan a un productor/proveedor como eje de coordinación? Por varias razones. Una de ellas es que les reduce riesgos si es que llegan las autoridades. Este tipo de acuerdo ilícito ha sido sancionado muchas veces a nivel global. ¿Qué ha dicho la Sala, en segunda instancia? Que el acuerdo de precios no corresponde a un ‘hub & spoke’, sino a una «restricción vertical» de San Fernando a cada uno de los supermercados por separado. Es decir, los supermercados eran ‘pobres víctimas’ de la productora de pavos”.
A estas alturas del análisis, Benza, de forma categórica señala: “Lo que debe quedar claro aquí es esto: la nueva figura que plantea la Sala (para anular las multas) es que era POR PRESIÓN de San Fernando que los supermercados no bajaban sus precios. Según la Sala, no hay suficiente evidencia de que los supermercados pactaron entre ellos” (…) Y sí, en los correos queda claro que San Fernando AMENAZABA a los supermercados que ponían una oferta fuera de los rangos acordados con CORTARLES el despacho de pavo (¡vaya santitos!). Como este correo hay varios otros, donde San Fernando amenaza con dejar de mandarles pavo”.
Agradecidos, como consumidores, con Paolo Benza por la explicación del denominado caso “el Cartel del Pavo”, él acotó que, “según la Sala, esta coacción partía de San Fernando hacia los supermercados por 2 razones: 1) la productora de pavos no quería que estos pongan precios por debajo de su canal corporativo ni 2) por debajo de Redondos, su principal competidor, al que encasillan que es ‘low cost’.” (…) ¿Se entiende? Según la Comisión, el cartel era un pacto conjunto entre supermercados y productor, y por eso sancionó a todos con millones de S/. Según la Sala, la sentencia se anula porque cada supermercado recibía la presión unilateral de San Fernando”.
Benza también nos recuerda que “hay correos en los que un supermercado LE RECLAMA a san Fernando que otro supermercado haya puesto una oferta por debajo del “PACTO” (como). Y es en función de ESO que San Fernando luego lo presionaba para que baje”.
Las críticas de Benza al INDECOPI tienen fundamento, tal como se aprecia en seguida: “para la Sala que ha anulado las multas ese correo (y otros de la misma índole que ha presentado en su sentencia) «no son evidencia» de que había un PACTO horizontal entre supermercados. ¿Qué sería mayor evidencia de un pacto que la mención literal a uno? (…) Y lo más raro está en los correos que la Sala NO HA INCLUÍDO en su sentencia, pero sí fueron recopilados, como este (que está en el fallo de la Comisión). ¡San Fernando literalmente dice que un supermercado le ha reclamado que otro está incumpliendo un PACTO DE CABALLEROS!”.
Con sentido común, Paolo Benza, también dice que “cualquiera que ha tenido una empresa (o familiares con una) que le vende a los supermercados sabe lo difícil que es tener una posición de poder para negociar con ellos. ¿Que un proveedor les tuerza el brazo y los obligue a no poner promociones? Bueno, es nuevo”.
De lo explicado por Benza, “la Sala -segunda instancia- ha anulado las multas. En sus conclusiones, deja abierta la posibilidad de que la Comisión vuelva a investigar el tema bajo la figura que ellos consideran conveniente. Y sancione, si lo considera”.
Empero. es obvio que la Comisión no tiene los recursos ni la voluntad para reabrir un expediente que viene desde abril del 2017 y que confronta con cinco grandes pulpos empresariales.