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El Congreso se apresura: Comisión de Economía aprobó liberación de CTS hasta diciembre de 2024

El dictamen primero fue aprobado por la Comisión de Trabajo del Parlamento y hoy acaba de ser aprobado por la Comisión de Economía. Ahora, solo faltaría su aprobación en el próximo Pleno para que miles de trabajadores accedan a la liberación del 100% de la CTS hasta diciembre del 2024

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Primero fue la Comisión de Trabajo, presidida por el congresista Pasión Dávila (Bloque Magisterial), que aprobó este último martes 16 de abril el dictamen de los proyectos de ley 7010/2023-CR, 7130/2023-CR, 7152/2023-CR, 7358/2023-CR, 7400/2023-CR, y 7468/2023-CR, que proponen la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) durante todo este año (2024). Esto a fin de afrontar la recesión y crisis económica que afectan al país.

Y hoy miércoles 17 de abril, la Comisión de Economía del Congreso de la República, tras un intenso debate, también aprobó el dictamen que recibió una mayoría significativa que respalda su aprobación. El proyecto referido al retiro de la CTS. tuvo como resultado 21 votos a favor, uno en contra y una abstención.

Ahora solo falta su aprobación en el Pleno

El dictamen aprobado en las dos comisiones previas, ahora se elevará al Pleno del Congreso, donde los legisladores podrán votar y, en caso que se ratifique la aprobación, podrán modificar la ley vigente respecto a la disponibilidad de las cantidades del retiro de la CTS, que sería del 100% durante el 2024.

¿En qué consiste la CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral que brindan las empresas a los empleados formales que están en planilla. La finalidad es cautelar económicamente al trabajador cuando finalice su contrato laboral y quede desempleado; entonces, durante el tiempo que se encuentre sin empleo, podrá supervivir con los fondos que dispone de la CTS.

Foto: Gobierno.

La CTS solo corresponde a trabajadores formales y no a los que no están en planilla

El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios le corresponde única y exclusivamente a los trabajadores que estén en planilla. Los trabajadores que brindan sus servicios laborales de manera informal y que no están incluidos en la planilla de la empresa, no gozan de este beneficio.

La ley establece que la CTS se pague dos veces al año

Las compañías y/o empresas empleadoras, según establece la ley, están obligadas a hacer dos depósitos al año a sus trabajadores que se encuentren en planilla. El primer abono y/o deposito se realiza hasta el 15 de mayo del año en curso, mientras que el segundo abono deberá realizarse, como máximo, el 15 de noviembre del mismo año.

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