Opinión

Dr. Quintanilla, ¿y el caso de Jesús Calderón vs. la UGEL 07?

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Por Rafael Romero

El año pasado, un lamentable 30 de mayo del 2023, ocurrió un accidente en el local de PRITE Buenos Aires de Villa, en Chorrillos, entidad dirigida por la funcionaria Susana Ponce Napa y bajo la jurisdicción de la UGEL 07.

En ese lugar en horas de la mañana el joven trabajador y padre de familia Jesús Antonio Calderón Ormeño cayó de una escalera y sufrió graves heridas con secuelas que se mantienen en el tiempo.

Según los informes médicos, Jesús Antonio Calderón Ormeño, sufrió un fuerte traumatismo en la región parietotemporal derecha (hematoma de 15 cm), con la consecuencia de pérdida de conciencia (TEC y contusión hemorrágica), quedando establecido que nunca antes había sufrido pérdida del conocimiento ni tampoco ningún traumatismo encefalocraneano en su vida, hasta antes del 30 de mayo del 2023.

Pero, pese a los 10 meses transcurridos, como efecto del golpe, Jesús Calderón actualmente mantiene el habla balbuceante y además sufre de otras dolencias toda vez que, aparte del golpe en la cabeza, el Servicio de Emergencia del Hospital III Suárez – Angamos de EsSalud también le diagnosticó fractura desplazada de clavícula derecha, con fuerte dolor a la movilidad del brazo derecho, y fractura del 5to arco costal, quedando el paciente hospitalizado, y para entonces con necesidad urgente de intervención quirúrgica.

Se trata de un serio accidente de trabajo, pero se requiere saber si las autoridades del PRITE Buenos Aires de Villa y de la UGEL 07 cumplieron con todas sus obligaciones para este tipo de emergencias, sobre todo si cumplieron con lo que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) determina.

De manera que estamos oficiando a la directora Susana Ponce Napa, máxima autoridad del PRITE Buenos Aires, y a la directora de la UGEL 07 a fin de acopiar toda la información de este caso donde antes, durante y después del accidente se habrían infringido una serie de normas legales, pudiendo ser pasibles las referidas servidoras públicas de drásticas sanciones.

En ese sentido, tendrán que esclarecer lo siguiente: ¿Cómo gestionaron esta ocurrencia de trabajo dentro del ámbito de un accidente grave? En segundo lugar, ¿esas entidades del Ministerio de Educación (MINEDU), previeron y estuvieron preparadas frente al riesgo de los accidentes de trabajo? En tercer lugar, ¿desarrollaron y ejecutaron todas las medidas preventivas que indican las normas legales?

En cuarto lugar, ¿notificaron oportunamente el accidente de trabajo, de acuerdo a los artículos 110 y 117 del Decreto Supremo N° 005-2012-TR? En quinto lugar, ¿contaban con la asignación de recursos presupuestales y la capacitación para tener al día los equipos y las medidas preventivas de accidentes de trabajo y para su respectiva promoción con el objetivo de evitarlos?

En sexto lugar: ¿las entidades en cuestión procedieron a adoptar y aplicar el artículo 118 del Decreto Supremo N° 005-2012-TR, que las obliga para que la información generada tras el accidente de Jesús Calderón sirva a fin de elaborar nuevas normas internas, políticas y proyectos diversos con el objetivo de que esa clase de accidentes de trabajo no se repita?

En séptimo lugar, ¿la UGEL 07 y el PRITE Buenos Aires de Villa contaban con el equipo de personas idóneas para que: a) investiguen la causa del accidente de trabajo; b) llenen adecuadamente el registro de accidentes de trabajo, que es uno de los ocho temas obligatorios que una institución del Estado debe cumplir; y c) gestionen la notificación del accidente en el portal web a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y al Centro Médico, cualquiera que este sea (MINSA, EsSalud, Solidaridad, Fuerzas Armadas, clínica particular, etc.)?

SERVIR ha establecido que es necesario conocer qué accidentes de trabajo vienen ocurriendo a los servidores públicos, ya que es información fundamental para fines preventivos y promocionales, entre otras gestiones; y por eso queremos conocer si las entidades de educación, como el PRITE Buenos Aires y la UGEL 07, han cumplido y cumplen la Ley y el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Aquí está el quid del asunto porque esa ley no solo encaja en un accidente como el sufrido por Jesús Calderón, sino que también vela por la salud del trabajador, y conviene conocer cómo se ha procedido por parte de esas entidades del MINEDU respecto de la salud y de la actividad laboral posterior al accidente de trabajo, del 30 de mayo del 2023, donde él perdió el conocimiento y por ello no pudieron los médicos operarle a tiempo la fractura de clavícula, agravándose más su cuadro clínico hasta el día de hoy.

Nuestro equipo de investigación ha indagado y las evidencias apuntan a que Jesús Calderón habría sido olvidado por las autoridades de la UGEL 07, pues esta no coordina nada frente al PRITE Buenos Aires de Villa, a fin de evitar que Jesús Calderón sea puesto en riesgo cotidianamente durante su horario de trabajo.

Es decir, nada habría cambiado tras el accidente del año pasado pues continuaría dicho servidor realizando actividades laborales riesgososas y peligrosas pese a que su estado de salud, su motricidad, reflejos y fuerza, no son los mismos a los de antes del accidente.

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