Pagarán a regañadientes una disputa tributaria que duró más de 20 años. Telefónica del Perú informó, a través de un Hecho de Importancia, que realizará el pago de S/ 1.361 millones a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), en cumplimiento de una resolución judicial, en última y definitiva instancia, del 18 de enero del año pasado de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, respecto a la declaración del Impuesto a la Renta de los ejercicios fiscales de los años 2000 y 2001.
Al respecto, la empresa de telecomunicaciones de origen español aseguró que las demoras en la solución del conflicto no son atribuibles a ellos y cuestionaron que se les aplicó intereses moratorios indebidamente y fuera de los plazos fijados por ley, al punto que el 80% de la deuda responde a intereses y multas.
“Como se recuerda, siempre dentro del marco normativo vigente, Telefónica como lo haría cualquier otro contribuyente, indistintamente de su tamaño, condición o procedencia, cuestionó los reparos efectuados por la administración tributaria, por considerar que los mismos fueron arbitrarios y carentes de todo sustento. Asimismo, como esta legítima controversia tardó en resolverse más de 20 años, por demoras no atribuibles a la compañía, la empresa cuestionó la aplicación indebida de interés moratorios fuera de los plazos establecidos por la ley y que habían dado lugar a que el 80% del monto en controversia estuviera compuesto de intereses y multas”, se lee en el comunicado de la empresa.
Debe mencionarse que, en el año 2021, el Tribunal Constitucional concedió la razón a Telefónica del Perú, al reconocer que ésta fue objeto del cobro de intereses por demoras no imputables a la empresa.
“Lamentablemente, la adopción de esta decisión produjo públicas discusiones entre los magistrados del Tribunal y el criterio en el que se sustentaba inexplicablemente no fue recogido en un segundo caso seguido por la compañía con la Sunat, pese a ser de las mismas características”, asegura la compañía.
Asimismo, sostuvo que frente a los montos restantes que puedan derivarse de las liquidaciones se requerirá un fraccionamiento ante SUNAT de acuerdo con el Código Tributario.