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De vuelta a clases

Minsa anuncia que retorno a clases presenciales se dará en marzo de 2022.

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Alisten las mochilas y los cuadernos. Muchos niños no saben lo que es un salón de clases ni el horario de recreo, su vida estudiantil solamente ha comprendido estar sentado frente a una computadora, escuchando a su profesor explicando la clase desde otra parte de la ciudad.

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó el documento normativo denominado “Disposiciones para el retorno a la presencialidad y/o semipresencialidad, así como para la prestación del servicio educativo para el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicadas en los ámbitos urbano y rural, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID″.

El documento fue aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 531-2021-MINEDU, publicada ayer en el diario oficial El Peruano.

La misma norma deroga la resolución N° 121-2021-MINEDU, que aprobó el documento denominado “Disposiciones para la prestación del servicio en las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica de los ámbitos urbanos y rurales, en el marco de la emergencia sanitaria de la COVID″.

El retorno a las clases presenciales está previsto entre el 1 y el 14 de marzo. Foto: RPP.

La norma describe -indica el Minedu- el funcionamiento de los tres tipos de prestación del servicio educativo: presencial, semipresencial y a distancia y dispone que el retorno a las aulas se sé realizará entre el 1 y el 14 de marzo.

El Minedu dispone para los momentos de presencialidad un máximo de 4 horas cronológicas diarias en contextos urbanos, en una primera fase, mientras que para losámbitos rurales considera el horario regular, de acuerdo a su jornada escolar, indicó Hugo Reynaga, asesor del viceministerio de Gestión Pedagógica del Minedu

Reynaga explicó que, dado que la socialización y la retroalimentación son fundamentales para mejorar los aprendizajes, se prioriza la presencialidad progresiva, según las condiciones de las instituciones educativas.

Para los momentos de presencialidad, la institución educativa deberá programar el máximo de horas diarias permitidas, respetando los protocolos establecidos en la norma.

La norma también dispone que los quioscos, las cafeterías y los comedores escolares se mantendrán cerrados, sin brindar servicios durante la emergencia sanitaria.

En los casos de los modelos de servicio educativo con residencia, se permite el uso de comedores, respetando el aforo máximo, así como la distancia entre las sillas, las mesas, la ventilación natural adecuada, las condiciones y las medidas de bioseguridad.

En los ámbitos rurales, en la primera fase, cada estudiante consumirá los alimentos que trae desde su hogar, para lo cual se guardará una distancia física de dos metros, en un espacio abierto, con acompañamiento de un docente como parte de una hora pedagógica.

En este proceso no se deben compartir alimentos ni utensilios.

Aunque en el papel estas disposiciones parecieran ir bien encaminadas, cabe recordar que los niños tienden a tener contacto físico y a compartir sus útiles u alimentos. El profesor o encargado, deberá estar pendiente en todo momento de los estudiantes.

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