Congreso restituyó por insistencia la detención preliminar en casos de no flagrancia
Tras haber dilatado su debate, el Congreso por insistencia enmendó tardíamente lo que había aprobado en 2024 (la eliminación de la ‘detención preliminar’). Y cuando en diciembre desde el Parlamento volvieron a aprobar su restitución, enviando la autógrafa al Gobierno de Dina Boluarte, éste en lugar de promulgarla, la observó.
Luego de haber postergado su inclusión en la agenda del Pleno, finalmente y ante la presión mediática que clamaba por el retorno de la ley que autorizaba a un fiscal solicitar ante un juez prisión preliminar y/o preventiva, si necesidad que haya flagrancia, el Pleno del Congreso aprobó por insistencia la restitución de la ‘detención preliminar sin flagrancia’ con 86 votos a favor, 6 en contra y 0 abstenciones.
Pleno enmendó su error y restituyó ‘detención preliminar’
Tras debatir el proyecto durante una hora, al Parlamento no le quedó más opción que aprobar el proyecto de ley, con 86 votos a favor, 6 en contra y cero abstenciones. Pese a que en un primer momento el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, anunció que fueron 79 los congresistas que votaron a favor de la normativa, después precisó que a dicho grupo de parlamentarios se añadieron César Revilla, Héctor Ventura, Mary Acuña, Tania Ramírez, Diana González, Eduardo Castillo y Rosangella Barbarán.
Según informó la legisladora Ruth Luque, las bancadas que no respaldaban la iniciativa hasta horas de la tarde eran Fuerza Popular, Alianza por el Progreso (APP), Podemos Perú, Perú Libre, el Bloque Magisterial y Somos Perú.
«No les interesa devolver herramientas necesarias para que se persiga el delito, pero sí les interesa la restitución del dictador, este es un tema de gran importancia para la lucha contra el crimen y para garantizar la seguridad de los ciudadanos», expresó Luque.
Congreso fue responsable de norma que favoreció a los agentes del Gobierno
El Parlamento fue el que aprobó la ley de eliminar la prisión preliminar y/o preventiva en casos de no flagrancia y en sintonía con dicha iniciativa, y sin un mayor análisis técnico, el Gobierno inmediatamente la promulgó. Por lo que luego de múltiples críticas de parte de analistas jurídicos que cuestionaban que esta norma favorecía a los criminales y afectaba gravemente la lucha contra todo tipo de delitos graves, como la corrupción, extorsiones, sicariato, abuso sexual, secuestros, homicidios, etc., y ante la presión mediática, el Congreso tuvo que retroceder en su decisión.
Como se recuerda, en noviembre del 2024 se aprobó la ley que «garantiza el principio de presunción de inocencia y brindar mayor protección al personal de la Policía Nacional del Perú», que derogó la detención preliminar en casos de no flagrancia. Es decir, se derogó el inciso 3 del artículo 261° del Código Procesal Penal que permitía a un juez dictar a pedido del fiscal, detención preliminar cuando no se presentara un supuesto de flagrancia delictiva. Sin embargo, el Legislativo se rectificó en su decisión por haber eliminado dicha figura; pero el Poder Ejecutivo de Dina Boluarte nunca la promulgó y más bien la observó en enero del 2025.
Con su aprobación, la norma volverá a permitir a los fiscales solicitar al Poder Judicial detener de manera preliminar a las personas que se encuentren investigadas por algún delito presuntamente cometido. La eliminación de dicha figura judicial había obstaculizado casos emblemáticos en investigación. Y uno de los que salió favorecido con esta ley, fue el investigado vocero presidencial Fredy Hinojosa, a quien la Fiscalía no pudo aplicarle la medida de coerción.
En enero del 2025 el Gobierno observó ley que restablecía la ‘detención preliminar’.