Política

Congreso: Presentan proyecto de ley que elimina el delito de ‘feminicidio’

La empresaria y pastora de la iglesia ‘La Casa del Padre’ y hoy congresista Milagros Jáuregui impulsó la iniciativa que pretende modificar el artículo 108-B del Código Penal para incorporar el delito de “asesinato de la pareja” argumentando que «el mayor número de homicidios se produce contra los hombres».

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La parlamentaria ultraconservadora de la bancada de Renovación Popular, Milagros Jáuregui de Aguayo, ha presentado un proyecto de ley que propone reemplazar el delito de ‘feminicidio’, por ‘asesinato de la pareja’. Iniciativa que pretende modificar el artículo 108-B del Código Penal, basándose en el «principio constitucional de igualdad ante la ley de mujeres y hombres» y según el documento oficial, esta propuesta busca evitar la discriminación por sexo.

«La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 108-B del Código Penal, reemplazando el delito de feminicidio por el delito de asesinato de la pareja, en concordancia con el principio constitucional de igualdad ante la ley de mujeres y hombres, evitando la discriminación por sexo», se lee en el documento legislativo.

Pastora Milagros Jáuregui junto a Rafael López Aliaga en presentación de su candidatura en 2020.

De aprobarse el delito de ‘feminicidio’ será derogado

El proyecto de ley que busca la modificación del actual artículo 108-B del instrumento legal penal, pretende cambiar el fragmento que señala: «el que mata a una mujer por su condición de tal» por «el que mata a su cónyuge o su conviviente». Y de ser aprobado, el «delito de feminicidio» sería derogado y cambiado por el «delito de asesinato de la pareja», el cual sería descrito y tipificado de la siguiente manera:

«Artículo 108-B.- Asesinato de la pareja

Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte años el que mata a su cónyuge o su conviviente, en cualquiera de los siguientes contextos:

Violencia familiar.

Coacción, hostigamiento o acoso sexual.

Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente.

Cualquier forma de discriminación, independientemente de que exista o haya existido una relación conyugal o de convivencia con el agente. La pena privativa de libertad será no menor de treinta años cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias agravantes:

Si la víctima era menor de edad o adulto mayor.

Si la víctima se encontraba en estado de gestación».

Según legisladora, el ‘feminicidio’ hace diferencias en la ley

Por su parte, la autora del proyecto de ley, la congresista Milagros Jáuregui de Aguayo, indicó que el «problema» con el tipo penal del ‘feminicidio’, radica en las diferencias que hace en la ley, al tratar de sancionar con «mayores penas» al homicidio contra las mujeres, así como los casos de tentativa, frente al homicidio producido por mujeres contra los hombres.

«En el mundo, el mayor número de asesinatos se produce contra los hombres», se lee en el documento de iniciativa legislativa.

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