Política

Congreso presenta proyecto para ampliar bachillerato automático hasta diciembre de 2026

La iniciativa busca modificar la segunda disposición de la Ley N° 31971, mediante la cual, se prorrogó el periodo para obtener el grado de bachiller hasta el 23 de marzo del presente año.

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El parlamentario de la bancada del Bloque Magisterial, Paul Gutiérrez Ticona, presentó el proyecto de Ley N° 7889-2023-CR, para extender hasta el 31 de diciembre de 2026 el bachillerato automático para los estudiantes universitarios que hayan concluidos sus estudios de pregrado.

La iniciativa legislativa busca modificar la segunda disposición complementaria final de la Ley N° 31971, mediante la cual, se prorrogó el periodo para obtener el grado de bachiller hasta el 23 de marzo del presente año.

Asimismo, entre los principales motivos, están el promover la investigación en los estudiantes y garantizar la integridad académica mediante la regulación de la elaboración de tesis y la prohibición de prácticas deshonestas en este proceso.

“Se amplía el plazo para la obtención del bachillerato automático establecido en la segunda disposición complementaria final de la Ley 31971 hasta el 31 de diciembre de 2026”, se lee en el tercer artículo del documento presentado en el Congreso.

Proyecto de Ley que busca ampliar bachillerato automático hasta 31 de diciembre de 2026.

Asimismo, se expresa que la ampliación del plazo hasta fines del año 2026 es necesaria y justificada, dadas las circunstancias excepcionales que han afectado a la educación superior en Perú.

“Esta propuesta no solo ofrece una solución temporal a los problemas causados por interrupciones académicas, sino que también facilita la inserción laboral de los graduandos, contribuyendo, así como la recuperación económica postpandemia”, remarca el proyecto de ley presentado por Paul Gutiérrez.

Además, en las disposiciones complementarias finales se indica que el Ministerio de Educación deberá elaborar el reglamento de la ley, en un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Sin embargo, también precisan que la falta de reglamentación de alguna de las disposiciones de la presente ley no es impedimento para su aplicación y exigencia.

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