El Congreso ya aprobó en primera votación la ‘Ley de Crimen Organizado’ que obliga avisar a los delincuentes la fecha y la hora en que sus domicilios serán allanados por la policía y la fiscalía y así poder desaparecer las «pruebas del delito».
El Congreso de la República aprobó el jueves 30 de mayo, en primera votación y con 51 votos a favor, un polémico dictamen que modifica la definición de ‘Organización Criminal’ y exige que los allanamientos necesariamente se realicen con presencia del involucrado y de su abogado. Y excepcionalmente, el registro de allanamiento también podría ejecutarse en presencia de un familiar adulto del interesado o, en su defecto, de dos testigos vecinos del lugar.
El texto propuesto por el legislador Américo Gonza, establece que se considerará como concepto de ‘Organización Criminal’ a todo grupo «con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa», conformado por tres o más personas que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel.
Asimismo, otro de los controversiales puntos que se establece es que el Ministerio Público no podrá pedir al Poder Judicial el bloqueo o la inmovilización de las cuentas bancarias que estén vinculadas a los bienes y activos de los partidos políticos.
Fiscal Jorge Chávez Cotrina rechazó enérgicamente el proyecto de ley
Quien se mostró sumamente preocupado es el coordinador de las Fiscalías contra el Crimen Organizado, Jorge Chávez Cotrina, que de plano rechazó la normal legal aprobada en primera votación por el Congreso. El fiscal argumentó, que esta ley permitiría que los acusados sean advertidos sobre el allanamiento a sus inmuebles, dejando abierta la posibilidad de desaparecer los «objetos del delito».
Chávez Cotrina sostuvo que esta polémica ley, «dificulta en el tipo penal porque han aumentado términos que hacen más oscura la tipificación de un delito». También, refirió que «una organización criminal se crea para cometer delitos» y que el delito de tráfico de influencias tiene una sanción de 4 años como mínimo, pero con la aprobación del dictamen ya no entraría dentro del marco y entonces ya no serían investigados con esa tipificación.
«Si revisan el Código Penal, hay varios delitos que están en el catálogo de la Ley 30077 que tendrían que salir porque esta norma (aprobada) los excluye. (…) Yo creo que es una norma de carácter general que no solo ataca a la corrupción», remarcó Chávez Cotrina.
La Ley anuncia al imputado sobre los allanamientos que tendrá
Chávez Cotrina también cuestionó que con esta ley se quitará «el factor sorpresa del allanamiento» porque ahora la policía deberá esperar a que el abogado del acusado llegue al inmueble sin necesitar la presencia de un fiscal.
«¿Usted cree que en un operativo donde nosotros vamos con el objetivo de 40 a 50 personas a detener, cree que el Ministerio Público tendrá 50 abogados que nos pongan de amanecida? Además, ¿qué pasa si el interesado no quiere abogado de oficio? tendremos que esperar dos o cinco horas, hasta que su defensor se presente», cuestionó y mencionó que esta nueva norma tampoco tiene antecedentes en el extranjero.
También indicó que se confunde la figura de «exhibición de documentos» con «allanamiento»: «Pasado el tiempo todos los instrumentos de objetos de delito que hay en el inmueble pueden desaparecer. Si ya en los operativos normales los delincuentes cuando entra la policía lo primero que hacen es botar los celulares (…) si les damos 2 a 5 horas, no vamos a encontrar nada», concluyó.