Le dejan el camino limpio ante una posible vacancia presidencial y la limpian de polvo y paja. La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) decidió archivar la denuncia constitucional contra la vicepresidenta Dina Boluarte por presuntamente haber infringido el artículo 126 de la Constitución al realizar gestiones a favor del Club Departamental Apurímac cuando ya formaba parte del Gobierno de Pedro Castillo.
Con 13 votos a favor y 8 en contra, se aprobó la recomendación del congresista Edgar Reymundo (Juntos por el Perú – Cambio Democrático) de desestimar de acusar e inhabilitar por 10 años de la función pública a la exministra de Desarrollo e Inclusión Social. Entre los que respaldaron este punto estuvieron integrantes de Acción Popular:Luis Aragón, Wilson Soto y José Arriola.
Durante la sesión en la SAC, Reymundo argumentó que el artículo 126 no puede tener una apreciación aislada respecto a la posibilidad de que Boluarte haya realizado una gestión de intereses y dirección a favor de un club privado en particular. Por esa razón, agregó que esto debería interpretarse junto a otros artículos de la Carta Magna.
Esto se denomina según el Tribunal Constitucional (TC) como “Principio de Concordancia Práctica”.
Le abren paso. Congreso archivó denuncia contra vicepresidenta. Foto: LR.
En ese sentido, en el documento se coloca como referencia otros artículos como el 121, 123 y 125; los mismos que establecen las funciones y atribuciones de los ministros.
“Entonces, a partir de la Concordancia Práctica de la Constitución Política y el marco normativo que regula las competencias, atribuciones y limitaciones de los ministros de Estado, debemos señalar que el artículo 126 de la Constitución Política de 1993 no limitaría a los ministros de Estado realizar todo tipo de actividad privada”, explicó.