Mientras todos miraban hacia otro lado los ‘Otorongos’ sacaron la coraza. Con 89 votos a favor y 15 en contra, el Congreso de la República aprobó el pasado 10 de mayo el proyecto de ley que modifica el artículo 5 de la Ley 30424. Esto quiere decir que ahora los partidos políticos que incurran en delitos no podrán ser disueltos, clausurados o suspendidos, y ahora solamente serán sancionados de acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas, la cual establece multas administrativas.
Mientras todos los medios de prensa cubrían el allanamiento en la oficina del abogado de Dina Boluarte, el Parlamento aprobaba el dictamen del Proyecto de Ley 6084 “Ley que optimiza la democracia representativa y establece medidas de lucha contra la corrupción en las organizaciones políticas”.
El texto aprobado modifica el artículo 105 del Código Penal, que indicaba que ante cualquier «hecho punible» o delito cometido por una persona jurídica [en este caso, una organización política] el juez podría aplicar las siguientes medidas dispuestas en la ley:
Clausura de sus locales o establecimientos, con carácter temporal o definitivo.
Disolución y liquidación de la sociedad, asociación, fundación, cooperativa o comité.
Suspensión de las actividades de la sociedad, asociación, fundación, cooperativa o comité por un plazo no mayor de dos años.
Prohibición a la sociedad, fundación, asociación, cooperativa o comité de realizar en el futuro actividades, de la clase de aquellas en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito.
Multa no menor de cinco ni mayor de 500 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Fue la presidenta de las Comisiones de Constitución, la congresista de Fuerza Popular Martha Moyano, quien sustentó ante el Pleno el pedido para que se exonere de segunda votación.
“Los partidos políticos no podrán ser sujetos de disolución, suspensión o del cierre de sus locales por la vía judicial, sino que su régimen sancionador se rige por la Ley N.º 28094, Ley de organizaciones políticas y sus estatutos partidarios”, acotó la parlamentaria fujimorista.
Ahora, con la modificación, el Congreso ha indicado que no se puedan aplicar las medidas 1, 2 y 3 (clausura de locales, disolución de la organización y suspensión de actividades) a un partido político, así lo decida un juez.
El dictamen también establece que solo los integrantes de los partidos podrán ser investigados de manera individual.
Partidos políticos en la mira de la Fiscalía
Diversas agrupaciones políticas en Perú, entre ellas Fuerza Popular, Perú Libre, Podemos Perú, y Renovación Popular, se encuentran actualmente bajo investigación por parte de la fiscalía del país por una serie de delitos que incluyen presunto lavado de activos y falsificación de firmas.
Solo cabe recordar que el partido de Keiko Fujimori, Fuerza Popular, viene siendo investigado por el presunto delito de lavado de activos durante las elecciones del año 2021; o el partido de Vladimir Cerrón, Perú Libre, que viene siendo investigado por presuntas fuentes de financiamiento ilícitas relacionadas con la organización criminal “Los Dinámicos del Centro”, especialmente durante la campaña electoral de 2021.