Política

Congresista Guido Bellido presentó Proyecto de Ley que impulsa la participación de las empresas estatales

La iniciativa legislativa pretende modificar el artículo 60° del capítulo económico de la Carta Magna, para permitir que el Estado pueda participar activamente en la economía peruana, a través de la actividad empresarial.

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Los congresistas que pertenecían al grupo parlamentario Perú Libre, a iniciativa del legislador Guido Bellido Ugarte, presentaron la Ley de Reforma Constitucional que modifica el artículo 60° de la Constitución Política del Perú.  

El proyecto de ley tiene como objetivo realizar una reforma constitucional en dicho artículo del capítulo económico de la Carta Magna, a fin de eliminar el carácter subsidiario de la actividad empresarial del Estado.

En ese sentido, la Constitución vigente del año 1993 dice en su acápite:

Artículo 60°. – El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.

Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional.

La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal.

Entre tanto, la propuesta de modificación que plantea el congresista Bellido Ugarte, se da en los siguientes términos:

Artículo 60°. – El Estado Artículo 600. El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.

El Estado, autorizado por ley expresa, puede realizar actividad empresarial directa o indirecta, por razón de alto interés público y de manifiesta conveniencia nacional, sobre sectores estratégicos de la economía del país a fin de alcanzar los objetivos de desarrollo nacional.

La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal.

Con este proyecto de reforma constitucional se pretende eliminar el principio de subsidiariedad de la actuación del Estado peruano en la economía, que se encuentra entendida como el ejercicio del rol excepcional del Estado para poder intervenir en la actividad empresarial, solo cuando los particulares no participen en un determinado mercado o cuando no satisfagan su demanda, por razón de alto interés público, de manifiesta conveniencia nacional y sujeto a que dicha actividad empresarial se autorice mediante una ley expresa. Es decir, dicha subsidiaridad condiciona y limita la intervención del Estado en la economía nacional.

¿Cuál será el impacto de la propuesta de la norma?

Finalmente, La presente iniciativa de reforma constitucional permitirá que el Estado pueda participar activamente en la economía peruana, garantizando su eficiencia velando por el interés público y el desarrollo económico, lo cual incidirá en el ámbito macroeconómico, microeconómico e institucional del Estado peruano.

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