Política

Congresista Flores Ancachi presenta PL para extraer recursos de áreas protegidas

Se pretende modificar varios artículos de la Ley 26834, permitiendo la explotación de recursos en parques nacionales y santuarios históricos.

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¿En qué momento legislarán a favor del país? El pasado 2 de julio, el congresista Jorge Flores Ancachi (Acción Popular) presentó el Proyecto de Ley (PL) n.° 11822/2024-CR, que busca modificar artículos sustanciales de la Ley 26834, conocida también como la Ley de Áreas Naturales Protegidas.

De acuerdo con el texto, se propone modificar nueve artículos e incorporar tres disposiciones complementarias. Los cambios que se proponen abren la posibilidad de que se realicen actividades extractivas en áreas protegidas, donde actualmente están prohibidas.

Entre las modificaciones se busca permitir la explotación de recursos en parques nacionales y santuarios nacionales e históricos y otorgar mayor injerencia en estas áreas por parte del Ministerio de Energía y Minas, institución responsable de la extracción de hidrocarburos en el país.

El PL presenta como justificación la posibilidad de generar el aumento del canon y sobrecanon que sirvan para el cierre de brechas sociales y de infraestructura. La propuesta se encuentra actualmente en las comisiones de Energía y Minas y de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República.

No es la primera vez que se pretende cambiar la norma que rige para las áreas protegidas. En 2023, una propuesta del Ejecutivo planteaba modificar nueve artículos de la Ley de Áreas Naturales Protegidas para abrir estos espacios a la exploración y explotación de gas y petróleo. Sin embargo, la norma no fue aprobada.

Diversas instituciones civiles y de pueblos indígenas se han manifestado en contra de esta nueva propuesta. “Con esta modificatoria de la ley se legalizaría la extracción de hidrocarburos en espacios intangibles. Sería un impacto grave no solamente a la diversidad biológica, sino que también se promueve un retroceso y debilitamiento de toda la normativa ambiental”, señala Vanessa Cueto, coordinadora del Programa Sostenibilidad de la organización Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).

En un análisis legal publicado por la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) se señala que se trata de un PL inconstitucional que debe ser archivado porque “constituye un retroceso para la institucionalidad ambiental de nuestro país y una vulneración al derecho humano a un ambiente sano y equilibrado”, por lo que considera que debería “ser observada por el Ministerio del Ambiente”.

Los cambios que ponen en riesgo las áreas protegidas

La nueva propuesta de ley indica que cuando el desarrollo de un proyecto para la extracción de recursos renovables o no renovables sea declarado de necesidad pública e interés nacional se permitiría su explotación, así como la modificaciones y transformaciones de la zona.

Otro de los cambios se refiere a la creación y modificación legal de las áreas protegidas. En la ley vigente se indica que “la reducción física o modificación legal” de un área natural protegida “solo será aprobada por ley”. En el nuevo proyecto de ley las modificaciones en las áreas protegidas serán aprobadas por decreto supremo y refrendadas por “el ministro del Ambiente y por uno o más ministros a cuyo ámbito de competencia correspondan”.

Además, en el caso de áreas protegidas marinas, “donde sea posible el aprovechamiento de recursos hidrobiológicos”, lo debe refrendar el ministro de Producción. En el caso de que las áreas naturales protegidas “incluya áreas donde exista evidencia de la presencia o el posible aprovechamiento de recursos hidrocarburíferos, incluyendo las áreas promocionales y otras de similar naturaleza en cualquier parte del territorio nacional”, también lo deberá refrendar el ministro de Energía у Minas.

Una tercera modificación que se cuestiona tiene que ver con la aprobación del plan maestro de cada área protegida. Se propone que la aprobación de este plan de gestión, así como de sus modificaciones y actualizaciones, cuente con la opinión del ministro de Energía y Minas cuando exista evidencia de la presencia o del posible aprovechamiento de recursos hidrocarburíferos.

La SPDA también cuestiona la participación del ministerio en los procesos de creación, aprobación y modificación de las áreas protegidas y señala que incluir a este ministerio significa “colocar una presión sobre gran parte del territorio nacional, reduciendo procesos técnicos a procesos politizados”.

La organización también señala que la creación de un área protegida es reconocida internacionalmente como herramienta de conservación importante, por lo que establecer medidas de este tipo contradice la postura del Estado peruano para dar cumplimiento a las metas internacionales de conservación, como el Convenio de Diversidad Biológica.

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