Política
Congresista Bellido exige a Ilich López con ‘carácter de urgencia’ que emita dictamen sobre retiro de AFP
De aprobarse el proyecto de ley del legislador de Podemos Perú, éste permitiría el octavo retiro de fondos de AFP, estableciendo un acceso de hasta 4 UIT (S/21 mil 400) de los fondos privados de pensiones para cada afiliado.
El congresista Guido Bellido Ugarte envió el Oficio N° 2395-2024-2025-GBU/CR al presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Ilich Fredy López Ureña para solicitarle con carácter de urgencia que se sirva a emitir el dictamen respectivo, respecto del proyecto de Ley N° 10440/2024-CR, titulado “Ley que autoriza el retiro facultativo de los fondos de los afiliados en el sistema privado de pensiones hasta por 4 UIT”, con el objetivo de proseguir con el trámite parlamentario respectivo, para poder agendar a debate y la aprobación de la iniciativa en mención.
Como se recuerda, el legislador de Podemos Perú presentó el proyecto legislativo el pasado 3 de marzo de este año y posteriormente, el miércoles 07 de mayo, sustentó los alcances de su iniciativa de retiro facultativo de fondos de AFP, ante el grupo de trabajo que preside justamente el parlamentario López Ureña.
Y en vista que ya transcurrió el plazo superior para la emisión de dictámenes, conforme a lo estipulado en el marco normativo parlamentario, Bellido Ugarte mediante carta formal realizó el pedido.
Por su parte, Ilich López, presidente de la comisión, reveló la semana pasada que sí se encuentran trabajando en un dictamen, pero que también incluye opciones alternas de uso de los fondos de las AFP. Mientras, este sería el cuarto proyecto que sería discutido, dejando ocho que aún no han sido sustentados.
De aprobarse el proyecto, éste permitiría el octavo retiro de fondos de AFP estableciendo un acceso de hasta 4 UIT (S/21 mil 400) de los fondos privados de pensiones para cada afiliado (en tanto estos tengan los fondos disponibles). Pero permitiría que todo el monto, en caso se solicite este máximo, llegué en menos tiempo: la primera y segunda UIT en cada 30 días cada una, y las 2 UIT restantes en 30 días juntos.