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Comisión de Trabajo aprueba dictamen para que repartidores de delivery ingresen a planilla

Iniciativa solo considera al menos el 20% del total de trabajadores de empresa de aplicativos.

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Los vemos en todas partes, afuera de los locales de comida o centros comerciales, esperando un nuevo pedido que entregar. La Comisión de Trabajo del Congreso de la República acaba de aprobar un dictamen recaído en los proyectos ley N° 18/2021-CR, 667/2021-CR, 842/2021-CR y 1536/2021CR, el cual obliga a las empresas de aplicativos (plataformas digitales) a contratar en planilla a por lo menos al 20% de los trabajadores que brindan el servicio vía delivery.

Estos trabajadores tendrán todos los beneficios establecidos en el régimen del Decreto Legislativo 728, Ley de productividad y Competitividad Laboral, indica la iniciativa legislativa.

En la sesión de hoy de la Comisión de Trabajo el dictamen recibió nueve votos a favor y nueve en contra. Ante lo cual recibió el voto dirimente favorable de la presidenta de la citada comisión, Sigrid Bazán.

De acuerdo con el proyecto, existirían trabajadores dependientes (que entrarán a planilla) e independientes.

Los dependientes tendrían derecho a una jornada laboral regular, seguros por accidentes, de salud e incapacidad y beneficios como la gratificación y la CTS, así como el pago de una pensión.

Por otro lado, los independientes funcionarían de manera similar a la actual, pero también tendrían derecho a los seguros de ley antes mencionados, así como el pago de su pensión.

Cabe recordar que esta propuesta tenía un dictamen favorable desde mayo del 2022. Ahora pasará al Pleno para su debate y votación.

Entre las opiniones recibidas en la Comisión de Trabajo sobre este proyecto, la Sociedad Nacional de Industrias advirtió que se generarían sobrecostos de más del 40% de las tarifas de contratación de estos servicios, lo que afectaría no solo al cliente final, sino también a restaurantes, hoteles y otros servicios.

Asimismo, en el 2021 la Presidencia del Consejo de Ministros también envió opinión en contra, pues advierte que “se desconoce la naturaleza de la economía digital y el funcionamiento de las plataformas digitales, pudiendo general impacto negativo en 47,000 socios conductores, 13,000 socios repartidores, 866 mil usuarios de plataformas de intermediación digital en Perú, afectando el desarrollo de la economía digital en país”.

Muchos de los repartidores se movilizan en motocicletas y una minoría en bicicletas, llegando a trabajar hasta 12 horas al día. Foto: GEC.

Cabe indicar que en el 2021 el Perú casi llegó a tener una legislación laboral para los repartidores por aplicativo.

El proyecto de ley 7567-2020, presentado por el Frente Popular Agrícola FIA del Perú (Frepap), propuso que los repartidores se encontraran bajo el alcance del Decreto Ley 728, es decir, el régimen laboral privado regular, y que tuvieran derecho al 80% o más del costo económico que paga el usuario final por el servicio, además del pago de utilidades.

La norma prosperó en primera votación ante el Pleno del Congreso, pero antes de que pudiera realizarse la segunda votación al respecto se dio el cambio de gobierno y entró el nuevo Congreso, poniendo fin a una norma que, virtualmente, ya estaba por entrar en vigor.

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