Es ahora o nunca para cambiarle la cara a nuestras autoridades políticas. La Comisión de Constitución del Congreso de la República llevará a cabo este viernes, a las 15:30 horas, en la sala Miguel Grau Seminario, una sesión extraordinaria en la que se debatirá el predictamen de los proyectos de ley que proponen reducir el mandato presidencial y legislativo para realizar un adelanto de elecciones para el 2023, así como la propuesta para reglamentar el proceso de suspensión presidencial.
De acuerdo a la agenda, el primer tema a debatir es el predictamen recaído en los proyectos de ley 1897/2021-CR y 1918/2021-CR, que propone: una ley de reforma constitucional que modifica la duración del mandato del presidente, primera vicepresidenta, congresistas y parlamentarios andinos de la República elegidos en las Elecciones Generales 2021 y establece el proceso electoral “Elecciones Generales 2023”.
El proyecto de adelanto de elecciones es una reforma constitucional y se puede aprobar en dos legislaturas distintas con 87 votos en sesiones diferentes del Pleno, o con 66 votos tras ser sometida a referéndum.
Si se aprueba la reforma constitucional, Pedro Castillo deberá convocar a elecciones generales, las mismas que deberían realizarse en un plazo máximo de cuatro meses. De esta manera, si el periodo del mandatario y el Congreso culmina a fines de julio, a más tardar los comicios deberán realizarse en marzo.
También se debatirá la suspensión presidencial
Asimismo, se debatirá el predictamen que incorpora el procedimiento de suspensión del presidente de la República por la causal de incapacidad temporal declarada por el Parlamento.
Para ello, requiere modificar el artículo 68del Reglamento del Congreso con la finalidad de que la suspensión de un jefe de Estado en funciones sea propuesta a través de una moción de orden del día.
La moción deberá contar con las firmas de al menos 20 congresistas para ser presentada. También debe precisarse “los fundamentos de hecho y de derecho en que se sustenta, así como de los documentos que lo acrediten o, en su defecto, la indicación del lugar donde dichos documentos se encuentren”.
Para suspender al presidente de la República por este caso se requeriría la aprobación por mayoría absoluta del número legal de miembros del Congreso, es decir, más de 66 votos.