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Colegio de Abogados de Lima se opone a que menores de edad puedan ser procesados como adultos [VIDEOS]

Raúl Canela, decano del CAL, indicó que de aprobarse modificatoria penal se estaría contraviniendo a convenios internacionales.

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Quieren seguir tratándolos como unos ‘angelitos’. Distintas bandas criminales van en búsqueda de menores de edad para que estos se encarguen de apretar el gatillo ya que nuestra legislación adopta una medida particular para ellos la cual consiste en solo sancionarlos o recluirlos temporalmente en centros de rehabilitación juvenil, a pesar de que muchos de esos menores de edad hayan cometido execrables asesinatos a sangre fría.

Muy por el contrario de la opinión general, el decano del Colegio de Abogado de Lima (CAL), Raúl Canelo, criticó el dictamen aprobado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República que busca sancionar penalmente a los adolescentes, y aseguró que están generando ambientes para la delincuencia juvenil.

En declaraciones para 24 horas, el decano del CAL, rechazó la propuesta impulsada por el congresista Juan Burgos de juzgar a aquellos menores que incurran en delitos como sicariato y extorsión, entre otros, calificándola de «innecesaria».

«Este proyecto es innecesario, puesto que ya existen normas relativas a este tema, justamente, en el 2017 se promulgó la Ley de Responsabilidad Penal del Adolescente, donde establece sanciones a aquellos adolescentes entre los 16 y 18 años, que cometan delitos», dijo.

Asimismo, Raúl Canelo advirtió que la propuesta legislativa va en contra de los tratados internacionales a los que está adherido nuestro país: «Es contraproducente y contrario a los convenios internacionales suscritos por el Perú«, sostuvo.

fuente: 24 horas.

Cárcel para menores de 16 años

Como se recuerda, el congresista de Avanza País, Juan Burgos, presentó un proyecto de ley que busca otorgar responsabilidad penal a adolescentes de 16 años en adelante que cometan ciertos delitos. El PL precisa que entre los delitos contra la vida se encuentran el homicidio en sus distintas modalidades, la conspiración y el sicariato, así como su respectivo ofrecimiento.

Por otro lado, entre los delitos contra el patrimonio se encuentran las modalidades de roborobo agravado y extorsión. Entre los delitos contra la tranquilidad pública configuran las modalidades de organización criminal, banda criminal o cualquier otro delito sancionado con pena privativa de libertad no menor de 25 años o cadena perpetua.

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