María Magdalena Iraizoz es una abogada argentina especialista en derechos de autor, y en Buenos Aires dirige CADRA (Centro de Administración de Derechos Reprográficos Gestión Colectiva de Derechos de Autor).
Muchos de nosotros sabemos en qué consisten los derechos de autor, pero tenemos idea de ¿qué son los derechos reprográficos?
Hoy en la sala Ciro Alegría de la FIL se dictó el Seminario Internacional de Derechos de Autor y Gestión Colectiva de Derechos Reprográficos, y estuvo a cargo de la doctora Iraizoz, y de Juan Ortiz, fundador de Perú-Repro (asociación de gestión Colectiva de Derechos Reprográficos).
El derecho de autor es considerado, según Iraizoz un derecho humano, por lo tanto, se constituye en fundamental, y requiere de absoluta tutela. Porque entre otras razones, lo más preciado del hombre es su creatividad.
Si bien el derecho de autor está regulado y protegido en el Perú, por el Código Civil, y por el Decreto Legislativo Nº 822 (Ley sobre el Derecho de Autor) este también tiene dos pilares importantes, el primero: los Derechos Morales; que no es otra cosa que el respeto al contenido de la creación y/o edición de la obra, y por lo tanto no se le debe alterar, ni modificar de cualquier forma. Y el segundo: los Derechos Patrimoniales; que consiste en la atribución del autor para materializar su obra en un bien, o patrimonio, que le reditúe dividendos o regalías posteriores. Aún en el Perú no tenemos muy claro el concepto de tales derechos, y solamente (los que entramos a la cadena de autor-editor) nos centramos en el aspecto de la publicación, y la cadena comercial, sin tomar en cuenta las posteriores vulneraciones que puedan sufrir las obras en general.
La doctora Iraizoz también enfatizó que el derecho de autor necesariamente tiene que ir de la mano con las industrias culturales y por ende se tendría que crear una sociedad de gestión que proteja y gestione colectivamente los derechos de autores y editores de libros, o publicaciones periódicas en el Perú. Para otorgar así, licencias que autoricen la reproducción parcial y bajo remuneración; para que posteriormente lo recaudado, pueda distribuirse anualmente entre ellos mismos.
Ahora, los derechos reprográficos, (reprográfico es la reproducción de la grafía) sí constituyen un desafío para nuestra sociedad que está acostumbrada a piratear indiscriminadamente los distintos trabajos de los autores.
Incluso en las universidades, los estudiantes del pre-grado están más que acostumbrados a reproducir tesis académicas, y trabajos monográficos de múltiples autores, que encuentran en la red virtual, y emprenden su extensas fotocopias, e impresiones, para poder así estudiar como si nada hubiera sucedido.
Y ¿a quién le pagan por ello? De hecho a nadie, porque ni siquiera tienen idea de que tales impresiones, y fotocopias no son autorizadas por el autor, o editor.
Pero ese análisis, ya escapa a un énfasis normativo, o de regulación. Y se debe más bien realizar un trabajo de concientización nacional para dar mayores luces a todo lo concerniente a derechos de autor y reproducción reprográfica, para que de esa forma se sensibilice a la ciudadanía para que ya no atropelle más la creación de otro.