Despojado de sus joyas, lujosos trajes y escondiendo esa blanquecina sonrisa, así apareció Andrés Hurtado ‘Chibolín’ en la sede principal del Ministerio Público. El infame animador televisivo llegó alrededor de las tres de la tarde para rendir sus declaraciones en torno a la investigación que se le sigue por los delitos de lavado de activos y tráfico de influencias. En la víspera, el otrora amigo de los políticos, empresarios y personajes de la farándula, por intermedio de su abogado Elio Riera, indicó que no se acogerá al silencio, así como tampoco a la colaboración eficaz.
Luego casi tres horas de brindar declaraciones, fue su representante legal quien brindó detalles de la audiencia. Ante la prensa, el también exabogado de Alberto Fujimori señaló que Chibolín “ha negado en todo momento y hoy es muestra de ello, de haber cometido un ilícito. Lo que ha procurado es brindar información de manera muy relevante a efectos de que el fiscal pueda determinar los alcances iniciales de la investigación”.
En ese línea, Riera señaló que durante la citación también puso sobre la mesa que resultaría innecesario solicitar la prisión preventiva contra su defendido, ya que Andrés Hurtado está colaborando durante todo el tiempo y que, además, ha demostrado arraigo en el país. “Confío y considero que la regla, en ningún sentido, puede ser o puede estar vinculada a que una persona tenga que estar restringida de su libertad. No nos oponemos a que investigue. […] Ratifico que [Andrés Hurtado] sí cuenta con arraigos y como tal ya han sido ofrecidos al fiscal”, agregó.
Abogado de ‘Chibolín’ indica que su patrocinado no será colaborador eficaz
Cabe precisar que el representante legal de ‘Chibolín’, señaló anteriormente que su patrocinado no se acogerá al silencio ni a la colaboración eficaz y que brindará su declaración al fiscal Juan Castillo, de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y quien está a cargo de las diligencias.
“Considero que la colaboración eficaz, si bien es un beneficio premial, es aplicado cuando una persona se considera culpable de los delitos cometidos. En tal sentido, el señor Andrés Hurtado, al sostener su inocencia, evidentemente no puede aplicar esta figura; más aun, porque al acogerse a un sistema de terminacion anticipada tendría que corroborar información, entonces esto tiene que se evaluado ante un juez. En atención a que Andrés Hurtado considera y valora su inocencia no corresponde aplicarlo”, indicó el hombre de leyes.