‘China’ de risa. El Poder Judicial (PJ) ordenó excluir a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros involucrados, del delito de obstrucción a la justicia en el marco del juicio oral por el denominado caso ‘Cócteles’.
La decisión del colegiado del Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional llega luego que el Tribunal Constitucional (TC) declarara fundada una demanda de amparo interpuesta por el abogado Arsenio Oré Guardia para ser excluido por el delito de obstrucción a la justicia.
Para los magistrados del TC, José Domingo Pérez debe abstenerse de investigar al abogado Arsenio Oré por obstrucción de la justicia tras este último denunciar la vulneración a su derecho fundamental al debido proceso, específicamente a la garantía de imparcialidad en sede fiscal.
«Declarar nula la Disposición 1-2019-FSCEE-MP-FN, expedida por Rafael Vela Barba, en calidad de fiscal superior de la Fiscalía Superior Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales que declaró infundada la solicitud de exclusión del fiscal provincial José Domingo Pérez, formulada por la defensa técnica de don Arsenio Oré y nulos todos los actos fiscales subsiguientes y dependientes de la disposición fiscal superior», resolvieron.
Es así que el colegiado, integrado por los magistrados Juana Caballero García, Nayko Coronado Salazar y Max Vengoa Valdiglesias, dispuso “dejar sin efecto el auto que cita a juicio oral y actos procesales de este juicio hasta la fecha a favor de Keiko Fujimori y otros”.
La decisión del colegiado alcanzó también a los procesados Vicente Silva Checa, Pierre Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Klimper, Adriana Tarazona, y Ítalo Pachas, así como el partido político Fuerza Popular.
Asimismo, se ordenó la exclusión de Giulliana Loza, abogada de Keiko, así como también del abogado Arsenio Oré, y de un grupo de letrados del juicio oral que afrontaban por presunta obstrucción a la justicia.