Política

Carta notarial de Jorge Rioja y nuestra respuesta

Jorge Rioja Vallejos, excandidato a la Defensoría del Pueblo nos envió una carta notarial mencionando que nuestra publicación limitó su derecho constitucional a ser elegido Defensor del Pueblo. Aquí nuestra respuesta.

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El excandidato a la Defensoría del Pueblo, Jorge Rioja Vallejos, nos envío una carta notarial fundamentando que nuestra publicación titulada «Jorge Rioja, el terno del difunto», publicado en nuestro portal web contiene información falsa.

El señor Rioja Vallejos en su carta señala que de manera irresponsable se le imputa un cargo que no corresponde a la realidad. Pero en la misma carta menciona: «si bien es verdad por negligencia del proveedor me involucraron en un proceso administrativo».

También indica que es falso que fue sancionado por una falta grave. A continuación la carta notarial completa del señor Rioja y nuestra respuesta.

Nuestra respuesta

Para el conocimiento del señor Jorge Rioja Vallejos, la información publicada en el informe periodístico se basa en documentación que fue solicitada al Congreso de la República mediante Transparencia. Es así, que obtuvimos más de 250 páginas en nuestro pedido de información. Toda lo publicado en el informe se basa en la documentación que fue revisada por nuestro equipo periodístico.

La investigación donde se encontraba involucrado Rioja Vallejos y el señor Torres Prieto, fue evidenciado por el Jefe del Departamento de Logística el 26 de junio del 2018, mediante el memorándum N° 1375-2018-DL-DGA-/CR dirigido a la Jefa del Departamento de Recursos Humanos del Congreso. En el documento se señala la “presunta comisión de infracción laboral” por parte Jorge Rioja Vallejos y Rolando Torres, “por haber inducido a error al proveedor contratado con la finalidad de beneficiarse indebidamente”.

Luego de eso, el 02 de julio del 2018, la Jefa de Recursos Humanos del Congreso mediante el oficio N° 1621-2018-DRRHH-DGA/CR, solicitó al Secretario Técnico de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios, que “proceda conforme corresponda”.

En el informe de calificación de falta se concluye que, los señores Rolando Torres y Jorge Rioja Vallejos, excandidato a la Defensoría del Pueblo, habrían incurrido en la falta laboral grave, tipificada en el literal c) del artículo 25 del TUO del DL 728, ley de productividad y competitividad laboral, esto es “apropiación frustrada de bienes y servicios del empleador o que se encuentran bajo su custodia en beneficio propio o de terceros”.

Documento donde se señala falta laboral grave.

A esto se suma que el Departamento de Recursos Humanos recomendó que se emita la resolución que disponga el inicio del proceso administrativo disciplinario contra Rolando Torres y Jorge Rioja. Por este hecho cometido, los servidores recibieron una sanción de cinco días de suspensión mediante la resolución 100-2019-DRRHH-DGA-/CR, sindicando la responsabilidad de Rolando Torres y Jorge Rioja Vallejos.

Basados en la documentación nos ratificamos en la publicación. Lo mencionado en el informe es lo que consta en la documentación del propio Congreso de la República.

Además, no puede mencionar en su carta notarial que hemos afectado su candidatura al cargo de Defensor del Pueblo, a tal extremo de haber impedido que sea elegido en tan importante cargo. En ningún extremo de su carta notarial explica ni sustenta documentariamente el nexo causal entre la publicación efectuada por nosotros respecto de su persona y el rechazo de su postulación por parte del Pleno del Congreso de la República. El Parlamento es soberano en la elección del Defensor del Pueblo, y cabe referir que el otro postulante fue objeto también de durísimas críticas, pero fue el Pleno del Primer Poder del Estado el que tomó la decisión colegiada.

Para finalizar, es importante recordar que la Corte Suprema de Justicia, mediante la Ejecutoria Suprema recaída en el Recurso de Nulidad número 611-2019/Lima, precisó que el Acuerdo Plenario número 3-2006/CJ-116 establece que los personajes públicos o de relevancia pública deben soportar ciertos riesgos sobre su derecho al honor. En el caso concreto de su persona, se debe explicar que al haber postulado usted a un cargo tan importante como la de Defensor del Pueblo, ya estaba sometido a la evaluación pública y a la crítica de los ciudadanos. Además, nosotros hemos cumplido con brindar la información existente porque los ciudadanos tienen derecho a saber los antecedentes de nuestras futuras autoridades.

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