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Atención, viajero: sepa cuáles han sido las 17 cláusulas abusivas de las aerolíneas eliminadas por Indecopi
Entidad que protege a los consumidores multó a Sky, Latam, Star Perú y ATSA con S/778 mil por vulnerar los derechos de los pasajeros.
Se acabó el cobro descarado. Las aerolíneas Sky Airline Perú, Latam Airlines Perú, Star Perú y ATSA fueron sancionadas por la Comisión de Protección al Consumidor N.º 3 del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) por incluir cláusulas abusivas en los contratos de transporte aéreo publicados en sus páginas web, vulnerando así los derechos de los consumidores. Estas resoluciones, iniciadas de oficio, fueron confirmadas por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, en última instancia administrativa.
En total, se eliminaron 17 cláusulas abusivas de los contratos. Asimismo, como parte de las medidas correctivas, Indecopi ordenó que las empresas adecuaran sus términos y condiciones, lo cual ya ha sido cumplido. Esta acción beneficia a más de ocho millones de pasajeros, según datos de tráfico aéreo del 2024 de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
A continuación, las 17 cláusulas eliminadas por el ente que protege los derechos de los consumidores:
SKY PERÚ (Resolución 0076-2025/SPC-INDECOPI)
- Excluir su responsabilidad por la información brindada por sus trabajadores a los pasajeros.
STAR PERÚ (Resolución 3397-2024/SPC-INDECOPI)
- Cobrar penalidad si el pasajero no realiza el viaje completo, quedándose en una escala.
- Excluir responsabilidad por pérdida de vuelo de conexión no informado por el pasajero.
- Limitar el derecho al reembolso en caso de no prestar el servicio contratado.
- Cobrar penalidad de USD 11.80 por no usar alguno de los tramos del pasaje.
- Modificar tarifas y condiciones de servicio de manera unilateral.
- Limitar la responsabilidad por pérdida de equipaje al monto del seguro contratado.
LATAM AIRLINES PERÚ (Resolución 0075-2025/SPC-INDECOPI)
- Modificar unilateralmente las condiciones del servicio de transporte.
ATSA (Resolución N.º 004-2024/CC3)
- Excluir responsabilidad por demoras o cancelaciones por “razones operacionales”.
- Limitar el derecho al reembolso de pasajes y servicios adicionales.
- Restringir el derecho a presentar reclamos.
- Cobrar por selección de asientos cuando se agoten los incluidos en la tarifa.
- Modificar condiciones tarifarias de manera unilateral.
- No garantizar los horarios de salida y llegada publicados.
- Facultar al personal a denegar el embarque según criterio discrecional.
Por último, Indecopi exhortó a las demás empresas del sector aeronáutico a revisar sus contratos y eliminar cualquier cláusula que limite los derechos de los pasajeros, reforzando así la protección al consumidor en el transporte aéreo nacional.