El camino a la formalización, sobre todo en el Perú, es visto como un estrecho camino empedrado donde nadie desea pasar por ahí, prefiriendo a veces otra vía más simplificada pero a la vez riesgosa. A la gran mayoría de peruanos no les gusta que sus ingresos sean recortados por el hecho de pagar impuestos o tasas que en teoría deberían ser destinadas para beneficio de todos, sea con la construcción de un moderno hospital o de un ejemplar colegio en una zona alejada del país. He ahí la gran oposición de millones que opta por vivir siempre al lado de la informalidad.
Durante la pandemia miles de personas se vieron forzadas a permanecer en sus hogares, deteniéndose de manera instantánea los ingresos para aquellas personas que viven del día a día vendiendo. Una alternativa para seguir percibiendo dinero fue la que ofrecieron las redes sociales, pues esa gran ‘mercado virtual’ facilitaba el comercio desde cualquier parte del Perú.
Es así como muchos se animaron a iniciar un emprendimiento desde casa, sin embargo, esas transacciones no eran reguladas adecuadamente por el sistema financiero, omitiéndose el hecho de pagar un impuesto por la venta de determinado producto o servicio. Es por ello que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) puso el ojo en el auge de ese tipo de transacciones, que por cierto no estaba muy regulada dentro de nuestro ordenamiento.
De esta manera, a partir del 1 de julio todo vendedor que ofrezca un bien o servicio a través de las redes sociales deberá pagar impuestos, encontrándose obligado a consignar su RUC (Registro Único del Contribuyente) en toda la documentación utilizada en sus ofertas, de acuerdo al Decreto Legislativo n° 1524 que modifica la Ley del Registro Único de Contribuyentes, los proveedores tienen hasta el 30 de junio para inscribirse, caso contrario, se considerará como una infracción.
Cabe hacer mención que esta medida también alcanza a los influencers y youtubers que se dedican a promocionar productos y servicios de empresas a través de Instagram, Facebook, u otras plataformas digitales. Al respecto, el reglamento establece la obligatoriedad de inscripción para todos los sujetos que efectúan actividades económicamente gravadas.
Sunat sancionará a los que no vendan usando su RUC
Si el vendedor no se inscribe por su cuenta, la Sunat estará facultada, desde el 1 de julio del 2023, a incorporarlos en el Régimen General del Impuesto a la Renta (IR), cuya tasa es de 29,5%, que viene a ser mayor a otros regímenes especiales tales como Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS), Régimen Especial de Renta (RER) y Régimen MYPE Tributario (RMT).
Hechos como no solicitar o verificar el número de RUC en los procedimientos establecidos por el Código Tributario o no consignar en la documentación de las ofertas comerciales serán considerados infracciones al Código Tributario.