Política

Aprueban dictamen para que condenados por terrorismo no podrán ejercer cargos públicos

También se incluye los sentenciados por apología al terrorismo, tráfico de drogas, violación sexual, homicidio y corrupción.

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A solo un paso de que se haga ley, pero debe pasar por el Pleno del Congreso. La Comisión de Constitución aprobó ayer el dictamen para que personas condenadas por homicidio, violación sexual, tráfico de drogas, terrorismo, secuestro y otros delitos, no puedan postularse a cargos de elección popular ni ejercer la función pública, por un plazo máximo de diez años después de haber cumplido su sentencia.

Pese a que la propuesta busca impulsar la idoneidad de la persona que acceda a un cargo público, el dictamen, aprobado por 10 congresistas, encontró increíblemente y en contra de lo que espera la población, el rechazo de cinco de los integrantes de este grupo de trabajo, entre ellos Waldemar Cerrón (Perú Libre), Álex Paredes (Bloque Magisterial), Jaime Quito (Perú Libre), Álex Flores (Perú Libre) y Germán Tacuri (Bloque Magisterial).

Otros como Hamlet Echevarría (Perú Democrático),Ruth Luque (Cambio Democrático- Juntos por el Perú), Víctor Raúl Cutipa (Perú Bicentenario) y Susel Paredes (No agrupado) votaron en abstención.

A favor de la propuesta presentada por Alejandro Muñante, figuran Hernando Guerra García (Fuerza Popular), Alejandro Cavero (Avanza País), Arturo Alegría García (Fuerza Popular), Lady Camones (APP), Luis Aragón (Acción Popular), Jeny López (Fuerza Popular), Gladys Echaíz (Avanza País), Adriana Tudela (Avanza País), Alejandro Aguinaga (Fuerza Popular) y José Luis Elías Ávalos (Podemos).

El texto, que propone modificaciones en dos artículos y un inciso de la Constitución Política, señala que se impedirá la postulación de las personas condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, ya sea en calidad de autor o cómplice, por los delitos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, homicidio, trata de personas, secuestro, además de delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional (contra la seguridad nacional y traición a la patria).

El artículo 34 A, uno de los que se modificará, señalaba que estaban impedidas de postular las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autores o cómplices por la comisión de delito doloso.

«En el caso de las personas condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoria en calidad de autoras, cómplices o instigadoras por la comisión dolosa de los tipos penales referidos al terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, homicidio en sus diversas modalidades, trata de personas, secuestro, contra la seguridad nacional y traición a la patria, contra los poderes del Estado y el orden constitucional; el impedimento resulta aplicable hasta diez años después de haber sido rehabilitadas«, se puede leer en el documento.

Este dictamen deberá pasar ahora al Pleno del Congreso para su debate.

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