Política

Aníbal Torres: Los abogados de Fuerza Popular solo pretenden dividir al país

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El programa Encuentros, conducido por Luis Felipe Alpaca en Lima Gris TV, contó con la participación del abogado Aníbal Torres Vásquez.   

Aníbal Torres, es chotano, tiene 79 años y es Doctor en derecho y sanmarquino de corazón. Además, ha sido decano de la Facultad de Derecho de esa casa de estudios y también decano del Colegio de Abogados de Lima (2002-2003).

El doctor Torres, en las últimas semanas ha enfrentado una serie de “batallas”, al haber sido emplazado por los conductores de televisión más mediáticos que le cuestionan su defensa hacia el candidato de Perú Libre, Pedro Castillo. Sin embargo, el abogado, siempre ha sabido salir airoso en sus intervenciones, porque la única arma que tiene para defender su causa, es el derecho y/o la argumentación jurídica como tal. A diferencia del glamoroso pool de abogados contratados por Fuerza Popular y que, en un afán de confundir a la opinión pública, arremeten con leguleyadas bastantes vergonzosas.

En diálogo con el conductor, Torres Vásquez adujo que aquellos abogados de Fuerza Popular solo pretenden dividir al país con sus interpretaciones endebles que distan mucho del derecho, porque además existe jurisprudencia explicita ante las “dudas” de los horarios en que se deben recibir interposiciones de impugnaciones.

En ese sentido, se mencionó la sentencia Nª 5482-2011-TC del Tribunal Constitucional, en la que se señalan que las etapas son preclusorias.

Asimismo, la Ley Orgánica de Elecciones que luego fue modificada por la Ley Nº 30682, justamente por el propio fujimorismo y que en su artículo 4º, señala que no se pueden modificar fechas ni horarios dentro de un proceso electoral.

Además, la Resolución 048-2021 del JNE que establece las actividades que las organizaciones políticas con inscripción vigente deben realizar.

Durante la conversa, se recordó que Fuerza Popular presentó 802 solicitudes de nulidad, pero hasta las 8 pm. del miércoles 09 de julio solamente ingresaron 152 solicitudes, y de ellas, únicamente 59 tenían los requisitos para considerarlas procedentes y luego poder declararlas: fundadas, o infundadas.

Finalmente, quedó claro que el JNE no abre etapas de pruebas porque sus plazos son preclusorios, y espera que el alto ente electoral pueda resolver lo más pronto posible (quizá a fin de mes) y emita la resolución que proclamará al nuevo presidente de la República.  

Aquí el programa completo.

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