Por Rafael Romero
En una Sala de Procedimientos Concursales que venía siendo cuestionada, donde su anterior presidente tuvo que inhibirse en el caso de RBC, y donde una antigua trabajadora que estuvo al lado de este funcionario también tuvo que renunciar el pasado 5 de julio por problemas de idoneidad, sucede ahora que el servidor de reemplazo es Paolo del Águila, pero hace que dicha Sala continúe “en sus trece”, protagonizando malas noticias al vulnerar con sus resoluciones el Estado de derecho.
En efecto, la Resolución N° 0363-2023/SCO-INDECOPI, del último 4 de agosto, recaída sobre el Exp. N° 005-2020/CCO-INDECOPI, constituye un serio atentado contra la legalidad y la constitucionalidad en el país, haciendo tabla rasa de los derechos fundamentales de la libertad de prensa, del derecho de propiedad, del derecho laboral, de las buenas prácticas corporativas y de la ética en el mercado.
Incluso ha sido catalogada por los acreedores laborales de Red Bicolor de Comunicaciones y por el accionista mayoritario, Ricardo Belmont Cassinelli, a quien en la práctica desde el 2016 se le despojó de su canal, de ser una resolución aberrante, prevaricadora y abusiva, que se burla del Poder Judicial, entre otras instituciones de la República, como la Superintendencia del Mercado de Valores, la Bolsa de Valores de Lima y agentes de bolsa como Cavali.
RBC y los acreedores laborales, que tienen más de siete años litigando y habiendo ganado en el Poder Judicial el derecho a cobrar beneficios sociales, sucede que, pese a las evidencias y pruebas de un plan perverso digitado por una serie de actores hoy denunciados penalmente, que vía el fraude se hicieron de la administración del Canal 11 con el objetivo de llevarla ante el Indecopi, no dudarán ni un segundo para accionar penalmente contra los funcionarios de Indecopi.
El caso es de público conocimiento y está en las redes sociales con amplios detalles, siendo hoy motivo de crítica y análisis en diversos foros nacionales e internacionales, porque se estaría consumando el despojo, la censura a un medio de comunicación como RBC Televisión y silenciando a su fundador, al cual se le ha vetado en diversos ámbitos de la vida política y mediática del país.
Asimismo, la actuación del INDECOPI, a través de los funcionarios Paolo del Águila Ruiz de Somocurcio, Walter Leonardo Valdez Muñoz, Dante Javier Mendoza Antonioli y Orlando Vignolo Cueva, perpetraría un atentado contra la libertad de prensa, toda vez que RBC Televisión no es una empresa común sino que se trata de un medio de comunicación que tiene especiales protecciones, como también se estaría atentando contra los principios de orden público, legalidad, veracidad y la ética del funcionario del Estado, amén de ser incorporados en una ampliación fiscal por la comisión de supuestos delitos que están haciendo quebrar fraudulentamente a una empresa.
En el plano del tema social y del impacto de una resolución del Indecopi para con el país, también son cuestionados los citados funcionarios de la Sala de Procedimientos Concursales, porque dejan en el desamparo a los trabajadores y a sus familias que solo tienen sus sentencias y casaciones como papel mojado en tinta, y frente a las cuales el primogénito de Ricardo Belmont, hoy aupado a la marcha del canal, hace tiempo debió honrar las deudas. Asimismo, los funcionarios del Indecopi no pueden comportarse de forma “naif” ya que en el fondo la actual junta sólo busca hacer quebrar la empresa y no pagar las acreencias, que debería ser el fin supremo de una entidad como Indecopi, así como el de salvar empresas y no liquidarlas
Por tanto, Del Águila, Valdez, Mendoza y Vignolo, tampoco pueden descontextualizar el caso de RBC Televisión, porque conocen de sobra fundados elementos que describen que al poder no le conviene que exista un medio de comunicación libre, crítico, fiscalizador e independiente. Como abogados deberían hacerse la pregunta: ¿Quiénes ganan con la quiebra del canal? ¿Quiénes se beneficia con silenciar a RBC y a un grupo de periodistas que solo busca la verdad?
Ahora, si bien en el punto “Tercero” de la parte resolutiva, la Sala señala “Disponer que la Secretaría Técnica de Fiscalización de la Comisión de Procedimientos Concursales del Indecopi evalúe la pertinencia (…) de iniciar un procedimiento sancionador contra el señor Ricardo Martín Belmont Vallarino, en su calidad de administrador de Red Bicolor de Comunicaciones S.A.A, por, presuntamente, haber transferido acciones, ocultado información y desviado fondos de la Red Bicolor de Comunicación S.A.A. a sus empresas personales en perjuicio de los acreedores y accionistas de la deudora”, lo cierto es que los integrantes de la Sala sólo han sido timoratos y acomodaticios, al pretender estar con Dios y con el diablo; sólo han procedido con cálculo individual punible, seguramente por cuidar sus “refinadas” carreras y para no pelarse con nadie.
Pero ese tipo de funcionarios al final solo genera más conflictos. Además, justicia que tarda no es justicia, mucho más cuando las pruebas y los argumentos de RBC y de los acreedores laborales son sólidos, de modo que no cabía “evaluar” la pertinencia de un proceso sancionador, sino que debieron usar en su resolución el verbo “abrir” ese procedimiento de castigo —ya mismo— contra la actual y espuria junta de acreedores.