Política

Abogado Roberto Pereira: “Alberto Fujimori no podrá postular a la presidencia”

El penalista aseguró que el indulto humanitario a Alberto Fujimori no lo exonera de culpa, por lo que la Constitución le prohíbe participar de las próximas elecciones en 2026. Es decir, sigue siendo culpable, porque a pesar del ‘perdón’, no se le anuló la sentencia condenatoria.

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Luego que Keiko Fujimori anunciara y mostrara en un video donde se aprecia a su padre Alberto, afiliándose a Fuerza Popular con miras a las elecciones presidenciales del 2026, las reacciones han sido diversas. Tanto, a favor del expresidente, y también en contra, por la innumerable cantidad de detractores que no se olvidan del pasado Fujimorato.

Sin embargo, las expectativas que aguardan a un Alberto Fujimori candidato en el 2026, se hicieron notar en las redes sociales:

“Alberto Fujimori, líder fundador del fujimorismo, toma su lugar en Fuerza Popular”, comentaron en el video compartido por Keiko Fujimori. A partir de ahí, diversas figuras ligadas al partido naranja aseguraron que el expresidente podría postular a los siguientes comicios, a pesar que fue condenado por los delitos de homicidio calificado y lesiones graves por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta.

Como se recuerda, el otrora mandatario recibió el indulto humanitario gracias a la gracia presidencial del procesado por corrupción, Pedro Pablo Kuczynski en diciembre del 2017.

Pero también se han sumado las opiniones de los expertos y de abogados que conocen el aspecto legal y procesal en temas constitucionales y electorales. En ese sentido, el abogado penalista, Roberto Pereira dio su opinión al respecto.

Abogado penalista Roberto Pereira aclara que Alberto Fujimori no puede postular a la presidencia.

Alberto Fujimori no podrá postular a la presidencia

En una entrevista en Exitosa el abogado penalista, Roberto Pereira, dejó en claro que el indulto otorgado al padre de Keiko no lo exime de las sentencias que se le imputaron en el pasado, por lo que la Constitución le prohíbe tajantemente lanzarse a la carrera electoral.

“Yo creo que ese es un desconocimiento absoluto de lo que significa la figura del indulto. El indulto no es una anulación de condena, tampoco es una amnistía. Es decir, no es una anulación del delito. El indulto lo único que hace es perdonar la pena, pero no la condena de responsabilidad. Toda sentencia penal tiene dos partes, una parte donde los hechos están probados y una segunda parte donde se le impone una pena concreta”, afirmó.

La Constitución prohíbe postular a cargos de elección popular a personas sentenciadas

El exabogado de la Confiep, Roberto Pereira señaló que la Constitución le impide a Alberto Fujimori esta posibilidad, debido a la modificación que se realizó hace cuatro años atrás en la Ley 31043°, donde se establece que una persona que cuenta con una condena impuesta por un juez no podrá postular a ningún cargo.

La Ley 31043°, establece que una persona que cuenta con una condena no podrá postular a ningún cargo.

“Por lo tanto él no podría postular en virtud de la prohibición que se ha introducido en la Constitución en el año 2020, el cual impide postular a cargos de elección popular a personas sobre las que recae una sentencia condenatoria”, culminó el letrado.

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